El TSJM anula un Decreto por el que el Ayuntamiento incrementó en más de un 50% el importe de las multas

Actualizado: jueves, 8 octubre 2009 17:46

MADRID 8 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado una Ordenanza Municipal por la que el Ayuntamiento madrileño incrementó en más de un 50 por ciento el importe de las sanciones de circulación, llegando algunas incluso a triplicar su importe, lo que supuso una recaudación en las arcas municipales de más de 710 millones de euros desde la puesta en vigor de este Decreto en el año 2006, según explicó este jueves la asociación de defensa de los conductores DVuelta.

El Decreto municipal, conocido como 'multazo', vulneraba el principio de jerarquía normativa y el principio de normalidad, según refleja la sentencia del TSJM del 18 de junio de 2009. Ésta se ha dictaminado después de que esta asociación presentara un recurso contencioso-administrativo contra el Decreto del 3 de noviembre de 2005, dictado por el entonces concejal del Área de Gobierno de Seguridad y Servicios a la Comunidad del Consistorio madrileño, Pedro Calvo Poch, que establecía un nuevo cuadro de claves de infracciones a la normativa de circulación vial.

En ese sentido, se ha dictaminado que la citada resolución vulnera el principio de legalidad ya que las sanciones impuestas superaban cuantitativamente el importe previsto en la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y Seguridad Vial. Además, según se desprende de la sentencia, el establecimiento de algunas sanciones en su grado máximo vulneraba también la ley y el principio de proporcionalidad.

"El cuadro de sanciones, ahora anulado, establecía por decreto el importe fijo que debía establecerse en cada tipo de sanción sin tener en cuenta las concretas circunstancias de cada caso, es decir, en contra de lo que establece la Ley de Tráfico", recalcó el director ejecutivo de DVuelta, Germán Rodríguez.

Según la asociación, en el último año con el anterior cuadro de sanciones, el Ayuntamiento de Madrid ingresó 95 millones de euros por multas de tráfico, cifra que desde la puesta en vigor de la Ordenanza ascendió a 115 millones de euros en 2006, 126 millones en 2007 y 200 millones en 2008. Además, según esta asociación, en 2009 el Consistorio preveía recaudar algo más de 270 millones de euros.

Por ello, Rodríguez aseguró que "es fácil llegar a la conclusión de que al menos la mitad de lo recaudado por multas procede de sanciones ilegalmente impuestas", motivo por el que "deja de ser creible el hecho de que las multas tienen un carácter formativo y educador" y se pasa a pensar si tienen "afán recaudador", apuntó.

En ese sentido, señaló que "una ordenanza municipal no puede prevalecer sobre una ley, en este caso de ámbito estatal, a la que debe someterse". Y añadió que, "si la ley establece que debe haber unos criterios para graduar la multa, el decreto no puede soslayar esa disposición de orden jerárquico superior".

La nueva ordenanza municipal "eliminó la graduación en las multas", con lo que algunas de ellas "pasaron de tener un coste de 90 a 300 euros como, por ejemplo, la de estacionar en doble fila sin conductor, una de las infracciones más denunciadas", apuntó.

Ahora, con esta anulación por parte del TSJM, "millones de multas que se encuentran en trámite podrán ser recurridas con un fundamento jurídico de primer orden: la anulación de la ordenanza decretada por sentencia", señalaron desde DVuelta. Sin embargo, apuntaron que quienes hayan pagado ya sus multas y no las hayan recurrido, no tendrán la posibilidad de recuperar el dinero "injustamente" cobrado.

Pese a que la sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, DVuelta ha asegurado que "instará la ejecución inmediata de la misma a fin de que se respete la ley".