MADRID, 13 Nov. (EUROPA PRESS) -
El grupo parlamentario de Unión Progreso y Democracia (UPyD) ha registrado este martes en el Congreso una proposición no de Ley con medidas concretas contra los desahucios como la posibilidad de adscribir la vivienda habitual a un régimen de inembargabilidad que impida que pueda ser objeto de traba y ejecución por parte de los acreedores mediante un mecanismo de blindaje patrimonial, la opción de mantener el uso de la vivienda desposeída por un plazo mínimo de tres años mediante un alquiler bonificado, y la creación de una Comisión Nacional de Sobreendeudameinto.
Según recuerda UPyD, el Pleno del Congreso ya debatió el pasado 13 de marzo de 2012 una proposición de Ley relativa a la dación en pago y la protección de las personas físicas insolventes, que el PP impidió tomar en consideración, y ahora "ya ha pasado el momento de las grandes reuniones y propuestas fallidas" como las auspiciadas por PP y PSOE.
El partido que lidera Rosa Díez tiene claro que el problema de la deuda hipotecaria familiar es responsabilidad de cada uno de los ciudadanos que se endeudaron "más allá de lo razonable", pero también de las propias entidades financieras que "se enriquecieron con dichas prácticas y de los sucesivos Gobiernos que lo fomentaron o hicieron dejación de su labor de supervisión y que ahora intentan ocultar su participación mediante un rescate masivo de las entidades financieras".
COMISIÓN NACIONAL DE SOBREENDEUDAMIENTO
En ese contexto, su primera propuesta es crear una Comisión Nacional de Sobreendeudameinto para dar soluciones económicas individualizadas a los deudores hipotecarios en el "umbral de exclusión" y cuya vivienda habitual "peligre mediante refinanciaciones, dación en pago o quitas de la deuda, la reducción del capital pendiente de pago o la condonación de intereses o costes de la ejecución.
Para UPyD, dicho organismo dependería del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y utilizaría los medios de las Oficinas Municipales de Información al*Consumidor bajo la coordinación y apoyo técnico del Banco de España.
"Se trata de introducir en nuestro país un sistema que está dando buenos resultados en otro país de tradición jurídica muy similar al nuestro, como Francia, pero que no fomenta la irresponsabilidad o la cultura del incumplimiento --explican--. En su origen, estas Comisiones surgieron de la voluntad del legislador de prevenir y/o paliar el exceso de crédito sobrevenido (sobreendeudamiento pasivo) de las familias, tras el fuerte período de expansión del crédito vivido en el país en la década anterior".
Además, la iniciativa insta a adoptar las medidas legales necesarias para que estas personas que resulten despojadas de la propiedad de su vivienda en ejecución de un crédito hipotecario puedan mantener el uso de la vivienda por un plazo mínimo de tres años mediante un contrato temporal de comodato o un arrendamiento bonificado (con una renta social). Este periodo le permitiría rehacer su situación y al banco encontrar un comprador para la vivienda, cuyo precio de venta pueda servir para abonar parte o toda la deuda generada.
CARÁCTER RETROACTIVO
Eso sí, la medida se dirigiría a deudores que se encontraran dentro de un*"umbral de exclusión" (un concepto más amplio que el contemplado en el "Código de buenas prácticas" impulsado por el Gobierno) y podría ser aplicada retroactivamente a los que ya han sido efectivamente desahuciados de sus viviendas y permanecen desocupadas bajo la titularidad del banco, de forma que tendrían un derecho preferente para pedir la recuperación de posesión de nuevo a título de comodato/arrendamiento.
Por último, UPyD aboga por reformar el Código Civil, la Ley de Enjuiciamiento Civil y la legislación hipotecaria para que quien lo desee pueda adscribir su vivienda al nuevo régimen de inembargabilidad de la vivienda habitual e impedir que dicha vivienda pueda ser objeto de traba y ejecución por parte de los acreedores mediante un mecanismo de blindaje patrimonial.
Así se garantiza un mínimo de seguridad en caso de dificultades económicas futuras, al igual que sucede actualmente con el Salario Mínimo Interprofesional, el mobiliario y el menaje de la casa, así como las ropas del deudor y de su familia y de los libros e instrumentos necesarios para el ejercicio de la profesión, arte u oficio a que se dedique el ejecutado (artículo 609 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
La formación magenta admite que la inembargabilidad de la vivienda familiar habitual podría impedir la concesión de créditos hipotecarios sobre la misma, por lo que dicho régimen sería en principio aplicable exclusivamente a aquellos inmuebles que no tuvieran pendiente el abono del correspondiente préstamo hipotecario.
En todo caso, recuerdan que esta medida cuenta con precedentes en América (en estados como Florida y Texas y en países como Argentina) y que serviría para proteger la conservación e intangibilidad del patrimonio familiar y favorecer el emprendimiento.