Vox solicita a la Fiscalía Europea personarse como acusación popular en una pieza separada del caso de Begoña Gómez

Archivo - El líder de Vox, Santiago Abascal, y la responsable jurídica de la formación, Marta Castro, a su llegada al Tribunal Supremo para presentar una querella junto a sus diputados, a 14 de noviembre de 2023, en Madrid (España).
Archivo - El líder de Vox, Santiago Abascal, y la responsable jurídica de la formación, Marta Castro, a su llegada al Tribunal Supremo para presentar una querella junto a sus diputados, a 14 de noviembre de 2023, en Madrid (España). - A. Pérez Meca - Europa Press - Archivo
Publicado: sábado, 6 julio 2024 11:35

MADRID, 6 Jul. (EUROPA PRESS) -

Vox ha presentado una solicitud de personación como acusación popular a la Fiscalía Europea en una pieza separada del caso de Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, que según explica la formación implicaría a los fondos europeos.

En concreto, ha sido la vicesecretaria nacional jurídica del partido y también letrada del ICAM, Marta Castro, quien ha remitido a la Fiscalía Europea la solicitud de personación de Vox como acusación popular en la pieza separada del caso.

Dicha pieza se abrió el pasado 4 de junio tras recibir el juez un escrito de la Fiscalía, según constaba en una providencia firmada el 29 de mayo por el titular del Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid, quien investiga a Gómez por presuntos delitos de tráficos de influencias y corrupción en los negocios.

Al tratarse de una providencia, y no de un auto, el juez Juan Carlos Peinado no aportó mayores detalles sobre su decisión y se limitó a afirmar que: "Dada cuenta, por recibido el anterior oficio de la Fiscalía Europea y en su vista procédase con el mismo a la apertura de pieza separada".

SE AMPARAN EN EL ARTÍCULO 125 DE LA CONSTITUCIÓN

Con este panorama, Vox ha presentado su solicitud de personación en los términos que facultan conforme derecho y la normativa que ampara el ejercicio de la acusación popular en España. La formación de Santiago Abascal alega en concreto el artículo 125 de la Constitución, que reconoce el derecho de los ciudadanos a ejercer la acción popular y participar en la Administración de Justicia mediante la institución del Jurado.

Asimismo, esgrimen los artículos 110 y 270 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sobre los que ejerce su protección, el artículo 24.1 de la Constitución, el artículo 19 del Tratado de la Unión Europea y el artículo 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

Por último, el partido se ampara en una sentencia del Tribunal Supremo en 2003, donde se recogía que la acción popular "es un derecho fundamental, derivado de su reconocimiento constitucional", y también un derecho "cívico" y "activo".