En esta ocasión el acusado vuelve a difundir contenido yihadista y se muestra contrario a los homenajes a Miguel Ángel Blanco
MADRID, 18 Jun. (EUROPA PRESS) -
La Audiencia Nacional vuelve a juzgar este miércoles al exmilitar gallego Octavio Miguel Cadelo por publicar en sus perfiles de redes sociales comentarios y vídeos en los que mostraba su animadversión a los homenajes recibidos por la víctima de ETA Miguel Ángel Blanco y ensalzaba el terrorismo yihadista. Por hechos similares fue juzgado y absuelto en octubre del año pasado.
En su escrito de acusación el fiscal solicita dos años y ocho meses de cárcel y diez de inhabilitación absoluta para el exmilitar por delito de enaltecimiento del terrorismo en relación a estos contenidos publicados en mayo de 2016. En concreto se refiere a un vídeo de seis minutos de duración subido a Youtube en el que califica de "vergozonso" que se le dedicara una calle a Blanco.
En la grabación aseguraba que le parecía una "aberración" el asesinato del concejal de Ermua (País Vasco) pero que le importaba "un rábano" porque era un "pepero de mierda". "¿Qué diferencia hay entre que lo hubiera matado ETA o se hubiese muerto de un accidente de moto? A mi me la suda porque el tipo era un pepero y estaría por ahí pidiendo mi cabeza", añade.
Además el fiscal se hace eco de la difusión de contenido "claramente laudatorio y propagandístico de las ideas y actividades relacionadas con organizaciones terroristas de carácter yihadista", como es la publicación de un vídeo en el que se observa el emblema del Estado Islámico y aparecen varios yihadistas participando en un acto de juramento al califato islámico.
Igualmente insertó un archivo de vídeo titulado 'Camisetas del Estado Islámico' que enlazaban con la página web RPG-7 en la que se informa del cambio de local y se ofrece la venta de camisetas serigrafiadas con los emblemas y anagramas de organizaciones terroristas como Al Qaeda, el Movimiento de Resistencia Islámica (Hamás), el partido-milicia chií Hezbolá, o el grupo armado peruano Sendero Luminoso.
CONDENA PREVIA
El militar fue juzgado por difundir igualmente contenidos que ensalzaban el Estado Islámico en los que hacía referencia a decapitaciones por parte del mismo y por vender camisetas con imágenes del DAESH.
La Sección Segunda de la Sala de lo Penal le absolvió por estos hechos --ocurridos en 2015-- si bien la presidenta del tribunal Concepción Espejel, emitió un voto en contra ya que no compartió que los comentarios e imágenes difundidos en Facebook fueran "meras apreciaciones o críticas" sino hechos constitutivos de delito.
Su absolución fue confirmada en marzo de este mismo año por el Tribunal Supremo al entender que los textos publicados por Cadelo en Facebook no tenían un sentido "unívoco e inequívocamente delictivos" para ser condenado por enaltecimiento del terrorismo. Y destacó que hay conductas que pueden ser consideradas "teñidas de una ambigüedad que las sitúa en el límite externo de lo punible".