El Gobierno de Navarra ha recibido hasta el momento 278 comunicaciones
PAMPLONA, 6 Feb. (EUROPA PRESS) -
Las grandes empresas de Navarra deben comunicar sus auditorías energéticas antes del próximo 14 de febrero, ha informado el Departamento de Desarrollo Económico. Hasta el momento se han recibido 278 informes correspondientes a empresas con un consumo energético total de 5,3 millones de megavatios por hora (MWh) al año.
El 14 de febrero de 2016 entró en vigor el Real Decreto 56/2016 que establece que las grandes empresas o grupos de sociedades tienen la obligación de someterse a una auditoría energética cada cuatro años que cubra, al menos, el 85 por ciento del consumo total de energía final.
Con posterioridad a la entrada en vigor de este real decreto, aquellas empresas que, durante al menos dos ejercicios consecutivos cumplan con la condición de gran empresa, debían someterse a la primera auditoría energética en el plazo de nueve meses, siempre que no hubieran realizado previamente una en un plazo inferior a cuatro años. Se concedía un plazo de tres meses para su comunicación a la Administración, ha explicado el Ejecutivo foral en un comunicado.
Vencido este plazo, que concluye el próximo 14 de febrero, el Gobierno de Navarra comenzará una campaña de inspección dirigida a aquellas empresas que tengan obligación de realizar la auditoría y no hayan presentado la correspondiente comunicación.
Las empresas obligadas a realizar la auditoría son aquellas que tienen más de 250 trabajadores o superan unos determinados umbrales de facturación y balance económico. Para el resto de empresas la medida es de carácter voluntario.
Las auditorías deben estar elaboradas por personal técnico debidamente cualificado, ya sean externo o propio de la empresa. En ellas se recogerá el consumo energético de las instalaciones de la empresa y el ahorro que se obtendría en caso de implementar las propuestas de mejora planteadas por la persona evaluadora.
Por otra parte, estas auditorías pueden ser sustituidas por un sistema de gestión energética o ambiental, siempre y cuando dicho sistema exija a su vez la realización de auditorías, e incorporar certificados de eficiencia energética de edificios en uso.
Esta medida, derivada de la transposición de la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, trata de reducir el consumo energético y las emisiones de efecto invernadero, así como la dependencia energética del exterior, en consonancia con los objetivos de la Unión Europea.
El Ejecutivo foral recuerda que el modelo de comunicación está publicado en su portal en internet, www.navarra.es, debiendo dirigirse al Servicio de Energía, Minas y Seguridad Industrial.
Esta comunicación se traslada al Ministerio de Industria, Energía y Agenda Digital, para su inscripción en el Registro Administrativo de Auditorías Energéticas.
ENTIDADES Y PERSONAS PROVEEDORAS DE SERVICIOS
Por otro lado, el citado Real Decreto 56/2016 define la actividad profesional de provisión de servicios energéticos. Para la realización de esta actividad las personas físicas o jurídicas deben acreditar una competencia técnica así como otros requisitos, por ejemplo un seguro de responsabilidad civil.
El Gobierno tiene activo en www.navarra.es el trámite de inscripción y consulta del listado de proveedores de servicios energéticos, que está dirigido tanto a proveedores de servicios energéticos que deseen solicitar su inscripción, como a personas o entidades que deseen contactar con un proveedor de servicios energéticos. Hasta el momento se han realizado 27 inscripciones.
La anterior información es trasladada desde el Servicio de Energía, Minas y Seguridad Industrial al Ministerio de Industria, Energía y Agenda Digital para su inscripción en el Listado de proveedores de servicios energéticos, que puede consultarse en el siguiente enlace: http://eses.idae.es/eses_empresas_list.asp.