PAMPLONA 23 Ago. (EUROPA PRESS) -
El Ayuntamiento de Pamplona repartirá 200.000 euros entre las asociaciones de comerciantes de la ciudad para subvencionar el diseño, desarrollo y seguimiento de actividades de fomento del sector comercial y actividades de dinamización y promoción comercial durante el periodo comprendido entre el 1 de noviembre del año 2021 y el 15 de octubre del año 2022. La convocatoria de ayudas está ya abierta y publicada en el Boletín Oficial de Navarra. Las solicitudes se pueden registrar hasta el 19 de septiembre.
Se subvencionarán acciones de animación y dinamización, acciones de promoción y comunicación, acciones de fomento empresarial y asociacionismo comercial y acciones de urbanismo comercial. La finalidad de esta convocatoria es el apoyo al sector del comercio minorista de Pamplona y el fomento del asociacionismo comercial, tal y como recogen los objetivos estratégicos de la Agenda Urbana Pamplona-Estrategia 2030.
Las asociaciones de comerciantes de la ciudad han sido agentes activos en el proceso de diseño y aprobación de la Estrategia 2030 Agenda Urbana y forman parte del Comité 2030, órgano de representación de agentes privados y públicos de la ciudad.
Las solicitudes se deberán presentar de forma telemática a través del trámite 'Solicitud electrónica de subvenciones para personas jurídicas' en la sede electrónica municipal, según ha informado el Ayuntamiento de Pampona.
La percepción de esta subvención municipal es compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administración, entidad o persona. Sin embargo, las actuaciones subvencionadas conforme a la convocatoria de fomento y gestión de colectivos comerciales minoristas de 2022, aprobada en Resolución 109E/2022, de 26 de julio, por la Dirección General de Turismo, Comercio y Consumo (BON N 87 de 5 de mayo de 2022) del Gobierno de Navarra, no podrán ser objeto de subvención en esta convocatoria, dado que son incompatibles con la percepción de cualquier otra subvención
Las acciones subvencionables de animación y dinamización de proyectos incluyen actuaciones que tengan como finalidad generar un ambiente ameno y atractivo, de manera que se incentiven las visitas por motivo de compras a las distintas zonas comerciales de la ciudad por parte de clientes potenciales y actuales. Pueden ser actuaciones como ambientación musical y otras actividades artísticas de animación callejera; actividades de ocio infantil y juvenil o familiar; actividades divulgativas y formativas orientadas a mejorar hábitos y comportamientos sociales que beneficien al comercio o a la sociedad en su conjunto o actividades gastronómicas, de demostración y /o de degustación de alimentos, entre otras.
Las acciones de promoción y comunicación son actuaciones para captar, incrementar y fidelizar clientes para las zonas comerciales y retener e incrementar su gasto comercial en negocios locales y, por ende, incrementar ventas de los comercios de la zona de actuación. Se integran en este grupo actuaciones orientadas a mejorar la imagen del comercio y de las zonas comerciales, acciones de sensibilización y de comunicación relacionadas con el ámbito de actuación de la asociación sea zonal o sectorial. Deberán tratarse de acciones comunes y globales para el conjunto de comercios asociados a la entidad solicitante, no aceptándose promociones o campañas de comercios a título individual.
En las acciones de fomento empresarial y asociacionismo comercial se enmarcan las actuaciones que refuerzan y consolidan el tejido empresarial del sector del comercio minorista, hostelería y servicios a la persona de los distintos barrios de la ciudad. Son actuaciones que, impulsadas por las asociaciones, ya sea con el trabajo desarrollado con medios propios o subcontratando servicios, contribuyan a la mejora de la competitividad y a la supervivencia de los negocios locales de su ámbito de actuación. Asimismo, se incluyen acciones que se desarrollen en colaboración con otras asociaciones o entidades representativas que contribuyan a la mejora del sector comercial y a la mejora de la diversidad y calidad de los servicios de esa zona.
Las acciones de urbanismo comercial acogen proyectos y actuaciones que busquen la mejora del espacio urbano de las áreas comerciales tanto en sentido estético (embellecimiento) como en cuanto a conveniencia (accesibilidad y movilidad). Entre otras, se mencionan en las bases acciones para reducir el número de locales vacíos en las zonas comerciales; actuaciones de mejora de la imagen de locales vacíos o deteriorados en zonas comerciales; acciones orientadas a la mejora del 'mix' o de la oferta comercial de la zona; actuaciones de decoración navideña en la zona comercial; o acciones de señalética comercial.
ENTIDADES BENEFICIARIAS
Podrán acogerse a esta convocatoria las asociaciones de comerciantes legalmente constituidas en la fecha de presentación de la solicitud, con domicilio social y fiscal en Pamplona y que estén al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y de Seguridad Social. La subvención máxima por proyecto será de 30.000 euros
En el caso de asociaciones zonales, deberán contar con un mínimo de 20 comercios minoristas asociados en el término municipal de Pamplona, en el momento de la solicitud. En el que caso de contar con una cifra menor, podrán ser beneficiarias las organizaciones que cuenten con una cifra de comercios minoristas asociados que suponga al menos un 20% de las actividades de comercio al por menor activas en el barrio o calle que suponga su ámbito de actuación según sus estatutos. En el caso de asociaciones gremiales, deberán tener una representación significativa de comercios minoristas asociados de Pamplona. Por significativa se entenderá que los asociados con establecimiento en Pamplona representen al menos un 25% del total de su base de asociados.
Específicamente, a los efectos de esta convocatoria, se considerarán gastos subvencionables los gastos indirectos, administrativos y de funcionamiento de la entidad, así como los gastos directos asociados a las actividades o proyectos presentados. En relación a los gastos indirectos, por cada actividad o proyecto se podrá imputar hasta un máximo del 15% del gasto total justificado. Podrán ser referidos a gastos de personal técnico de la entidad, gastos de alquiler de la sede de la entidad, gastos de suministros (luz, agua, gas...) y servicios de telefonía o internet, o gastos generales diversos (seguros).
Podrán imputarse también los gastos que sean necesarios para el correcto desarrollo de la actividad o proyecto y que puedan vincularse directamente con esta actividad, siempre y cuando no conlleven un beneficio directo e inmediato a las personas integrantes de la asociación por formar parte de su actividad propia. Se entienden como gastos de este tipo los gastos imprescindibles de organización directamente relacionados con la actividad o proyecto; los gastos de servicios diversos de animación y dinamización; la asistencia técnica externa de organización y coordinación, asesoramiento, consultoría y formación; la asistencia técnica externa de servicios diversos necesarios para el diseño o desarrollo de la actividad; gastos de inserciones publicitarias on y off line y otros gastos de comunicación; gastos de premios de concursos o sorteos con un tope máximo del 20% del total de la campaña; o gastos de transporte, alojamiento y manutención cuando se muestren necesarios para el desarrollo de la actividad, entre otros.