PAMPLONA, 3 Mar. (EUROPA PRESS) -
La Dirección General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Gobierno de Navarra abrió el pasado año 581 expedientes sancionadores por infracciones relacionadas con la normativa medioambiental, un 69% más que los 343 iniciados en 2015 y un 86% superior a los abiertos en 2014, que fueron 312.
La Sección de Régimen Jurídico de Medio Ambiente atribuye sobre todo este incremento a la implantación de la tramitación electrónica de los expedientes y a la labor planificada y coordinada entre los distintos servicios que integran la Dirección General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, así como con la Sección de Guarderío, la Brigada de Protección Medioambiental de la Policía Foral y el SEPRONA de la Guardia Civil, explica en una nota el Ejecutivo foral.
De los 581 expedientes abiertos, el 26% (146 de ellos) se referían a cuestiones de pesca, el 23% (134) de caza, y otro 23% a la actividad en los montes (134). Les siguen a distancia los expedientes sancionadores relacionados con la Ley Foral de Intervención para la Protección Ambiental, que alcanzan el 8%, si bien estos son los que tienen más repercusión sobre el medio ambiente y la sanción económica media es de 20.000 euros. El resto de expedientes están relacionados con las vías pecuarias, el 6%; los residuos, el 6%; los espacios naturales, el 3%; la flora y la fauna, el 3%; y otras cuestiones, generalmente concernientes al Camino de Santiago, el 2%.
Según los datos de la memoria sobre la actividad realizada en 2016 por la Sección de Régimen Jurídico de Medio Ambiente, de los 581 expedientes abiertos el pasado año, 174 continúan actualmente en curso y 407 han sido finalizados. De estos últimos, 313 han dado lugar a iniciar un procedimiento sancionador, de los que el 88% ha finalizado con la imposición de una sanción, que en total han sumado 411.256,31 euros.
De los 407 expedientes finalizados, 244 se corresponden a infracciones leves, 162 a graves y 1 a una infracción muy grave por cazar poniendo en peligro la vida o integridad física de terceros. Este último expediente se ha resuelto con una multa de 2.001 euros y la pérdida de licencia e inhabilitación para la caza por un periodo de tres años.
LA MITAD DE LAS SANCIONES DE PESCA, POR NO TENER LICENCIA
La mayor parte de los expedientes sancionadores abiertos en 2016 fue por infracciones relacionadas con la pesca, casi la mitad de ellas por no tener licencia. En concreto, 68 denuncias de las 146 recogidas en materia de pesca.
Para pescar en Navarra es necesario contar con una licencia de pesca vigente para la temporada en curso. Esta licencia es un documento personal, intransferible y obligatorio que habilita para el ejercicio de la pesca en la Comunidad foral. Se puede tramitar desde el portal www.navarra.es. La obtención de la licencia de pesca tiene un coste de 12 euros, sin embargo la sanción por pescar sin este documento puede ser una multa de entre 501 y 2.000 euros, la pérdida de la licencia y la inhabilitación por un periodo comprendido entre uno y tres años.
El resto de infracciones comunes en este ámbito son pescar sin llevar consigo la documentación preceptiva, y pescar con dos cañas a la vez o con más de una si se trata de salmón y trucha.
Por su parte, el 23% de los expedientes abiertos el pasado año fue por infracciones de caza. Las más comunes son cazar sin llevar consigo la documentación preceptiva, no cumplir las normas sobre caza en las zonas de seguridad, el incumplimiento de las limitaciones contenidas en el Plan de Ordenación Cinegética, cazar en los llamados días de fortuna, el empleo para la caza sin autorización administrativa de medios prohibidos, y cazar no siendo titular de licencia, careciendo del permiso del coto o estando inhabilitado para ello.
En cuanto al otro 23% de expedientes relacionados con la actividad en los montes, los más habituales son por el cambio de uso forestal sin autorización; la corta, arranque, daño, extracción o apropiación sin el título administrativo; cualquier quema, uso del fuego o realización de actividades susceptibles de generar fuego en el monte careciendo de autorización o incumpliendo las prescripciones impuestas por la Administración; y el incumplimiento de las disposiciones que regulen el uso del fuego dictadas en materia de prevención y extinción de incendios forestales.
Por lo que se refiere a los denunciantes de las infracciones medioambientales, el número de propuestas recibidas por denuncias de la Sección de Guarderío, la Policía Foral y el SEPRONA es bastante parejo, habiendo aumentado notablemente los expedientes sancionadores por denuncias del Guarderío.
Por otra parte, cabe destacar que la mayoría de denuncias del Guarderío han sido en materia de montes y vías pecuarias, las de la Policía Foral se corresponden con denuncias de caza y pesca, y las del SEPRONA con pesca y montes.
En cuanto a las propuestas recibidas por el actual Servicio de Economía Circular y Agua, vienen motivadas en su gran mayoría como consecuencia de inspecciones realizadas y son en casi todas por el incumplimiento de las condiciones ambientales fijadas en la autorización ambiental integrada de las empresas inspeccionadas, lo que constituye una infracción grave de la Ley Foral 5/2004, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental.
ACTUACIONES PREVIAS EN 94 PROCEDIMIENTOS
De los 407 expedientes sancionadores finalizados el pasado año, 313 dieron lugar al inicio de un procedimiento sancionador. El resto, un total de 94, conllevaron únicamente la realización de actuaciones previas.
Estas actuaciones consisten en la apertura de un periodo de información para esclarecer los hechos denunciados, con el fin de conocer las circunstancias del caso concreto y la conveniencia o no de iniciar el procedimiento sancionador. En estas situaciones, si no se pueden esclarecer los hechos, se suele remitir un requerimiento recordando los deberes legales concretos que supuestamente se han incumplido.
Además, dentro de este bloque de actuaciones previas se incluyen aquellas denuncias por infracciones que han prescrito antes de que se inicie el procedimiento sancionador. Debe tenerse en cuenta que la mayoría de las denuncias que se emiten en materia medioambiental son por la comisión de infracciones leves, que prescriben a los seis meses.
En los casos de sanciones económicas, estas pueden ser sustituidas, a solicitud de la persona sancionada, por una prestación ambiental. Esta debe ser de cuantía al menos equivalente a la multa impuesta. Puede consistir en cualquier actuación de mejora de determinados aspectos ambientales o favorable al medio ambiente.
La persona sancionada debe manifestar su deseo de llevarla a cabo. Siempre se realiza con control del personal del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local. Una vez verificada su realización, se lleva a cabo el trámite administrativo para la cancelación de la sanción.