PAMPLONA, 21 Jul. (EUROPA PRESS) -
El Departamento de Educación ha comunicado a la dirección del centro escolar San Juan de la Cadena de Pamplona su decisión de no recurrir la decisión de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) por la que el próximo curso escolar 2022-2023 se mantendrá en el colegio la jornada continua.
El Departamento ha solicitado a la dirección del centro "que a los efectos de asegurar la adecuada organización del comienzo del curso 2022-2023 comunique a toda la comunidad educativa la medida contenida en el referido auto así como el calendario y jornada escolar que resultan de la aplicación de la jornada continua establecida en el proyecto presentado por el centro a la convocatoria aprobada por la Resolución 411/2021, del director general de Educación por la que se aprueban las instrucciones que regulan el procedimiento para la implantación de la jornada escolar continua y de la jornada escolar flexible para el curso 2022-2023", según ha informado el Gobierno de Navarra.
Educación ha dado, además, comienzo al procedimiento administrativo que culminará con la aprobación de una nueva orden foral que modificará el sistema que regula la implantación de la jornada escolar continua y flexible en los centros escolares. El consejero Carlos Gimeno ha firmado este martes 19 de julio la orden foral que inicia el procedimiento para la elaboración del proyecto de orden foral por la que se regulan los tipos de jornada escolar en los centros educativos que imparten enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil, de Educación Primaria y de Educación Especial en la Comunidad foral de Navarra.
Educación aprobó con fecha 25 de febrero de 2022 la resolución por la que se aprobó la implantación de forma experimental de la jornada escolar continua y flexible para el curso 2022-2023 en 57 colegios públicos y privados concertados de Navarra, una vez analizados los proyectos presentados por los centros solicitantes y comprobado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria.
Asimismo, el Departamento desestimó la implantación de la jornada continua en el curso 2022-2023 en tres centros, uno de ellos el colegio San Juan de la Cadena, por no cumplir los requisitos establecidos en la resolución 411/2021, de 30 de septiembre, que regula el procedimiento para implantar la jornada continua y la jornada escolar flexible. En concreto, en el CPEIP San Juan de la Cadena de Pamplona "se constató que en el desarrollo del procedimiento se incumplió con lo recogido en la Resolución 411/2021, de 30 de septiembre, del director general de Educación, al no celebrarse la reunión informativa prescriptiva con las familias del centro", ha indicado el Ejecutivo foral.
En consecuencia, se desestimó la implantación de la jornada continua en este centro educativo, "implantación que había obtenido las mayorías necesarias requeridas en las votaciones llevadas a efecto en el centro". Ahora el TSJN ha estimado la adopción de la medida cautelar solicitada en el recurso contencioso administrativo presentado por una representación de familias del centro, por lo que, a la espera de la sentencia definitiva, se aplique para el comienzo del curso 2022-2023 la jornada continua solicitada por el centro.
El Departamento de Educación ya anunció que está revisando las mayorías exigidas por la normativa actual para que un centro educativo pase a disponer de jornada continua o jornada flexible. La actual regulación se remonta al curso 2008-2009 y ha permanecido invariable en cuanto a procedimiento y mayorías exigidas, con una única actualización introducida en la convocatoria de 2017-2018, que eliminó la limitación en el número de centros participantes.
Educación quiere contar para el curso 2023-2024 con la orden foral que regulará las jornadas partida, continua y flexible. Esta norma revisará las mayorías cualificadas exigidas hasta ahora para implantar la jornada continua y flexible (3/5 de la totalidad del profesorado; 2/3 del consejo escolar y 3/5 del censo total del alumnado), así como el criterio de que el resultado de las votaciones del alumnado esté vinculado al censo total de los centros y no a los votos reales emitidos.
El Departamento está revisando también otros aspectos como la duración de la implantación de este tipo de jornadas para "dotarles de estabilidad", estableciendo un periodo mínimo de permanencia en el que la comunidad educativa no podrá ser sometida a nuevos procesos de votación. Respecto al procedimiento de reversión de la jornada continua y/o flexible, el objetivo es que la "salida" de una jornada continua o flexible "no dependa exclusivamente, como hasta ahora, de la decisión del consejo escolar de los centros y que esté siempre vinculado al interés de las familias". También se analizará la incidencia de servicios complementarios como el transporte escolar respecto a los resultados del proceso en los centros que lo comparten.