Reclama para uno de ellos 62 años de prisión y recuerda que la reivindicación 'Fuera de aquí' fue introducida por ETA
MADRID, 4 Jul. (EUROPA PRESS) -
La Fiscalía de la Audiencia Nacional solicita un total de 375 años de cárcel por los delitos de lesiones y amenazas terroristas para los ocho acusados de agredir a dos guardias civiles y sus parejas en Alsasua (Navarra) el 15 de octubre de 2006.
El Ministerio Fiscal atribuye para siete de los acusados cuatro delitos de lesiones terroristas, con una condena de 12,5 años por lesión. Además imputa a uno de ellos y al octavo en cuestión el delito de amenazas terroristas por el que pide igualmente 12 años y medio de cárcel y reclama que indemnicen conjuntamente con 41.100 euros a las cuatro víctimas del ataque.
El fiscal José Perals relata en su escrito de acusación que los hechos ocurren en el marco de una campaña contra los agentes de Guardia Civil y Policía desplegados en Navarra y País Vasco que se conoce con el nombre de 'Alde Hemendik' ('Fuera de aquí') y que en la actualidad busca crear un clima de "miedo y rechazo" entre los ciudadanos.
Apunta que esta reivindicación fue introducida en 1976 por la banda terrorista ETA pero que la izquierda abertzale la mantiene en la práctica pese al cese de la actividad armada anunciado por la banda en octubre de 2011.
Añade que desde ese año se aprecia un incremento de las acciones de "protesta, presión y hostigamiento" contra los agentes de la Guardia Civil especialmente en las localidades navarras de Alsasua, Leitza y Estella.
Igualmente recuerda que cada 27 de agosto desde 2011 se celebra en Alsasua el Ospa Eguna (Día de la huída) convocado por Ospa Mugimendua. En el caso del año pasado la autorización para el desarrollo de las actividades la solicitó uno de los acusados por la agresión.
RELATO DE LOS HECHOS
Según el relato realizado por la titular del Juzgado Central de Instrucción número 3, Carmen Lamela, el teniente y el sargento de la Guardia Civil se encontraban, de paisano y fuera de servicio, realizando unas consumiciones en el bar Koxka de Alsasua cuando, alrededor de las tres y cuarto de la madrugada entró en el bar uno de los detenidos acompañado de una menor y se dirigió al segundo para decirle que no tenía derecho a estar allí.
En este momento intervino el teniente, diciéndole que les dejara en paz, pese a lo cual insistió en su actitud. Entre tanto "se fueron acercando entre veinte y veinticinco personas que les rodearon y comenzaron a amenazarles e insultarles" con expresiones como "esto os pasa por venir aquí", "tenéis lo que os merecéis", "iros de aquí", "hijos de puta", "cabrones fuera de aquí", "perros", "putos pikoletos", "txakurras", "alde hemendik (fuera de aquí)", "utzi pakean" (dejadnos en paz), para a continuación "comenzar a golpearles".
Los agentes y sus parejas "intentaron entonces abandonar el bar y ya en la calle se encontraron con otro grupo de entre quince y veinte personas que junto con los anteriores continuaron insultándoles y golpeándoles hasta que llegaron los agentes de la policía foral", según la juez. La agresión les provocó múltiples contusiones y uno de los dos agentes resultó herido en el labio superior y se fracturó un tobillo.
Lamela, que concluyó el pasado mes de febrero el sumario contra los acusados, enmarcó la agresión en las rutinas de "hostigamiento" a los agentes del Instituto Armado que impone el colectivo Ospa Mugimendua, al que pertenecen algunos de los detenidos y que opera en el municipio navarro.
La magistrada de la Audiencia Nacional señaló en su auto que el movimiento cuenta "con el apoyo de Bildu, Sortu y Ernai" y que en la localidad de Alsasua a este movimiento se le conoce como Ospa Mugimendua. Tuvo su origen en marzo de 2011, cuando se creó la denominada 'Comisión Antirrepresiva de Alsasua' que ha venido desarrollando diferentes actividades.
COMPETENCIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL
El Tribunal Supremo declaró el pasado 1 de junio a la Audiencia Nacional competente para investigar los hechos al entender que se trata de un delito de terrorismo.
El Supremo determinó, de acuerdo con un informe de la Fiscalía, que en ese momento procesal la competencia era de la Audiencia Nacional que se encarga de los delitos de terrorismo, sin perjuicio del resultado de la investigación y de lo que, en su caso, pudiera decidirse en el momento del enjuiciamiento.
La Sala Segunda de Lo Penal del alto tribunal resolvió en su auto el conflicto de competencia planteado por el Juzgado Central de Instrucción número 3 de Pamplona, a instancia de la Audiencia de Navarra, que consideraba que la causa debería ser juzgado allí y no en la Audiencia Nacional.