PAMPLONA 22 Jun. (EUROPA PRESS) -
La Policía Municipal de Pamplona y la Policía Local de Ansoáin colaborarán en atención de accidentes de tráfico y asistencia en protección de bienes y personas. A tal fin, los jefes de ambos cuerpos, Jesús Munárriz y Gorka Jiménez, respectivamente, han firmado este jueves sendos acuerdos de colaboración, coordinados por el Gobierno de Navarra en el ejercicio de su competencia en materia de coordinación de policías locales.
En el acto ha participado también Toño García Malumbres, director del Servicio de Desarrollo de las Políticas de Seguridad del Gobierno foral, en cuyas instalaciones de Cordovilla se ha realizado la firma
Uno de los acuerdos hace referencia a la atención en accidentes de tráfico en los límites territoriales de Pamplona y Ansoáin. En cualquier caso, la primera patrulla que llegue al lugar atenderá el accidente, garantizando la seguridad del tráfico y recogiendo las informaciones preliminares hasta la llegada de la patrulla del cuerpo policial al que corresponda la prestación del servicio por distribución territorial.
La Policía Municipal de Pamplona atenderá los accidentes que se produzcan en toda la glorieta de la plaza Julio Caro Baroja; el cruce de la travesía Padre Tomás de Burgui en confluencia con las calles Ansoáin y carretera de Ansoáin, así como los cuatro pasos de peatones del lugar; la glorieta de la avenida de Marcelo Celayeta en confluencia con la calle Errotazar y la avenida de Villava; toda la avenida de Villava, en ambos sentidos de circulación; la glorieta de la avenida de Villava con la calle Pedro Adoáin; todo el cruce de la avenida de Villava con las calles Juan de Tarazona, calle Canal de Pamplona y calle Arturo Campión de Ansoáin; y toda la calle Canal, en ambos sentidos.
Por su parte, la Policía Municipal de Ansoáin atenderá los accidentes que se produzcan en la calle Artica, desde el paso de peatones junto a la glorieta de la plaza de Julio Caro Baroja hasta el cruce con la travesía Padre Tomás de Burgui; toda la travesía Tomás de Burgui (ambas calzadas), excepto los producidos en el cruce con la calle de Ansoáin y carretera de Ansoáin; la totalidad de la calle Ostoki, incluidos los pasos de peatones; el paso de peatones de la calle Divina Pastora, junto a la glorieta de la avenida de Villava y la calle Juan de Tarazona; el paso de peatones de la calle Arturo Campión, junto al cruce con calle Canal y avenida de Villava; y toda la calle José María Jimeno Jurío, incluido el paso de peatones más próximo a la calle Canal.
Por otro lado, se regula también la intervención policial en los accidentes de tráfico con infracciones penales y/o administrativas. En estos casos, si durante la atención al accidente se detecta una infracción penal, será el cuerpo policial competente en la investigación del accidente quien se encargue de la instrucción del correspondiente atestado.
En el supuesto de que la detención la realice el cuerpo policial distinto a quien corresponda investigar el accidente, se deberá poner de manera inmediata a la persona detenida a disposición de los instructores del siniestro y, tras comparecer, se les facilitará por el equipo instructor una copia de su declaración y de la reseña del detenido o detenida.
Todas las infracciones administrativas que se detecten se denunciarán y se remitirán para su tramitación al ayuntamiento titular de la vía.
Además, este acuerdo regula la intervención policial en infracciones penales y/o administrativas sin la existencia de accidentes. Así, el cuerpo policial que detecte la comisión de una infracción penal o administrativa en su término municipal que no vaya acompañado de un accidente de circulación, será el competente para confeccionar las correspondientes diligencias administrativas y/o judiciales.
PROTECCIÓN DE PERSONAS Y BIENES
El otro acuerdo regula la asistencia en protección de personas y bienes. Cuando durante la intervención de cualquier incidente, el desarrollo de los acontecimientos presagie una deriva violenta o peligrosa para personas y bienes, el cuerpo interviniente solicitará apoyo para afrontar el incidente con la máxima solvencia, y el cuerpo demandado priorizará la movilización de sus recursos con este fin.
En caso de urgencia, el cuerpo policial que en primera instancia tenga conocimiento del hecho y que por proximidad y disponibilidad de medios pueda atender la urgencia, actuará en primer lugar aunque no tenga la titularidad del incidente, realizando las intervenciones imprescindibles hasta que el cuerpo competente se haga cargo de él.
En ningún caso de dejará de atender a una solicitud ciudadana por no ser competencia del cuerpo policial requerido, ni se pedirá al ciudadano que se dirija al otro cuerpo policial, ha indicado el Ejecutivo.