Mirentxu Marín
EP/UPNA
Actualizado: domingo, 12 noviembre 2017 13:46


PAMPLONA, 12 Nov. (EUROPA PRESS) -

La labor preventiva (formación a los trabajadores, pruebas médicas y tests aleatorios, entre otras medidas) es preferible, por regla general, a las sanciones para abordar el consumo de alcohol en el ámbito laboral. Esta es la principal conclusión que se desprende de la tesis defendida en la Universidad Pública de Navarra (UPNA) por la investigadora Mirentxu Marín Malo (Marcilla, 1987) y dirigida por la profesora Beatriz Rodríguez Sanz de Galdeano, profesora del Departamento de Derecho Privado de la Universidad.

La tesis, con el título 'La prevención del consumo de alcohol en el medio laboral. Obligaciones empresarial y medidas preventivas' obtuvo la máxima calificación: sobresaliente 'cum laude'.

En su investigación, Marín Malo ha llevado a cabo un análisis del impacto real que tiene el consumo de alcohol en el medio laboral a través del análisis de los resultados obtenidos en la encuesta realizada por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (Encuesta EDADES Laboral), así como por encuestas realizadas por otros organismos, como los sindicatos Comisiones Obreras, Unión General de Trabajadores y otros entes públicos de ámbito nacional y provincial. De estas encuestas, se extrae que actualmente "el consumo de alcohol en el medio laboral es una realidad, especialmente relevante en algunos sectores", ha destacado la UPNA en una nota.

En concreto, se observa un mayor índice de consumo de alcohol en la construcción, el sector primario y la hostelería, donde un 30,9% de los trabajadores afirma beber habitualmente. En cuanto al tipo de trabajador que más consume alcohol, las encuestas muestran que se trata de hombres de categorías profesionales inferiores en edades comprendidas entre los 24 y los 34 años.

Como se ha apuntado, la investigadora se muestra partidaria de que se tomen medidas dirigidas a evitar el consumo de alcohol por parte de los trabajadores, así como a mantener la posibilidad de acudir al régimen sancionador de la empresa cuando dicho consumo no deba ser considerado factor de riesgo laboral ni consecuencia derivada del trabajo, y cuando "aun habiendo implantado todas las medidas preventivas posibles, el empleado persista en su conducta". "Se trata de determinar, claramente, en qué casos el empresario está obligado a tomar medidas preventivas y cuándo podrá acudir al régimen sancionador, de forma que no se produzca indefensión al empleado (por falta de medidas preventivas) ni al empleador (por no poder acudir en ningún caso a la sanción)", explica Marín.

En su tesis, la investigadora diferencia tres grandes grupos de problemas derivados del consumo de alcohol por parte de los trabajadores: la productividad y el mayor absentismo, la imagen de la empresa y la propia salud de la persona consumidora, junto a la mayor siniestralidad laboral.

Tradicionalmente, según la investigación, el consumo de alcohol ha sido abordado en el medio laboral mediante la aplicación del régimen sancionador de las empresas y el art. 54 del Estatuto de los Trabajadores, no obstante, en la tesis, se apuesta por una perspectiva "eminentemente preventiva". En este sentido, se recuerda que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales "obliga al empresario a proteger la seguridad y salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo", y puesto que el consumo de alcohol incide en los niveles de seguridad de la empresa, "es preciso analizar cómo se debe abordar dicho problema desde el ámbito de la prevención", apunta la autora de la investigación.

Para ello, en el estudio se distinguen dos manifestaciones del consumo de alcohol en el medio laboral: la primera, cuando deba ser tratado como un factor de riesgo laboral (para la seguridad y salud propias o de terceras personas). En segundo lugar, se deben establecer las obligaciones empresariales derivadas del consumo de alcohol por parte de un trabajador cuando se dé como consecuencia de las propias condiciones laborales; es decir, cuando el alcohol deba ser tratado como un riesgo laboral o daño derivado del trabajo.

Una vez establecida esta diferenciación, en la tesis se realiza un análisis en profundidad de las diferentes medidas que están a disposición del empresario, en cada caso, para controlar y detectar el consumo de alcohol en el medio laboral. En especial, la investigadora analiza la posibilidad del uso de reconocimientos médicos a los trabajadores con esta finalidad, así como el uso de test de despistaje (aleatorios) como medida preventiva.

Dentro de este trabajo también se establece la forma en que debe actuar el empresario al detectar a un trabajador que se encuentra bajo los efectos del alcohol en la empresa, con el fin de dar correcto cumplimiento a la normativa en prevención de riesgos laborales. De particular importancia en este ámbito, tal y como apunta la investigadora, es la posible consideración del trabajador que consume alcohol como "especialmente sensible" y las implicaciones que de ello se pueden derivar, cuestiones que se abordan en profundidad dentro de esta tesis.

Mirentxu Marín Malo es graduada en Relaciones Laborales y Recursos Humanos y máster en Prevención de Riesgos Laborales (con tres especialidades), en ambos casos, por la Universidad Pública de Navarra (UPNA). Obtuvo el Premio al mejor trabajo de fin de grado con su trabajo "Reconocimientos médicos para la detección del consumo de alcohol en el trabajo: contenido y límites".

Mirentxu Marín es, actualmente, investigadora en la UPNA. Ha trabajado como asesora laboral, responsable de Recursos Humanos y en Prevención de Riesgos Laborales en diversas empresas. Es autora de cinco publicaciones en revistas del ámbito de las Ciencias Jurídicas y ha acudido a otros tantos congresos con aportación.

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