Publicado 22/06/2016 08:59

Se cumplen 35 años de la Ley de Divorcio en España

35 Años De La Ley De Divorcio En España
PIXABAY


MADRID, 22 Jun. (OTR/PRESS) -

En la tarde del 22 de junio de 1981 el pleno del Congreso de los Diputados aprobaba la Ley del Divorcio. La ley fue aprobada por 162 votos a favor frente a 128 en contra y 7 votos en blanco.

Tras 45 años de que se derogase la primera Ley del Divorcio en España (1932), España volvía a admitir de forma legal el fin de los matrimonios siempre que fuera evidente que, tras un dilatado periodo de separación, su reconciliación ya no era factible, y después de que se demostrase el cese efectivo de la convivencia de las partes o la violación grave o reiterada de los deberes conyugales, según expone el Código Civil.

Su aprobación no estuvo exenta de polémica. En primer lugar, por la oposición de la jerarquía católica y de sectores conservadores de la sociedad, pero también porque en el propio seno de la UCD, partido entonces en el Gobierno que presidía Adolfo Suárez, el sector democristiano llegó a pedir la dimisión del ministro de Justicia, Francisco Fernández Ordóñez, que fue quien lideró la elaboración y aprobación de la norma social más importante de aquel entonces.

Con todo, la Ley de Divorcio, denominada Ley 30/1981, de 7 de julio, por la que se modifica la regulación del matrimonio en el Código Civil y se determina el procedimiento a seguir en las causas de nulidad, separación y divorcio, no ponía tan fácil acceder al divorcio como actualmente.

Así, para poder recurrir al divorcio, los cónyuges debían pasar previamente por la separación judicial. La ley preveía que si un matrimonio quería divorciarse tenía que seguir los siguientes pasos:

Estar un año mínimo sin convivir juntos de forma ininterrumpida. Se trataba de acreditar que no había habido convivencia marital durante al menos un año seguido.

Pedir la separación judicial. Una vez el matrimonio llevaba un año de cese efectivo de la convivencia, podía pedir la separación judicial (la diferencia básica respecto al divorcio es que la separación judicial permite la reconciliación de los cónyuges, en cambio en el divorcio, si los cónyuges se reconcilian, para volver a ser un matrimonio deben volver a casarse).

Estar mínimo un año separados judicialmente (una año a contar desde la fecha de la sentencia de separación). Una vez separados judicialmente, para poder recurrir al divorcio debían estar otro año más sin convivir.
Finalmente, si se cumplían los anteriores pasos el matrimonio podía pedir el divorcio.

Tuvieron que pasar veinticuatro años para que esta ley de divorcio se cambiase y se adecuase a las nuevas necesidades de la sociedad y de los matrimonios actuales. Fue la popularmente conocida como Ley de divorcio express, actualmente en vigor, que se aprobó en el año 2005.

Entre las principales novedades que aportaba se encuentra que no es necesario separarse judicialmente primero para poder recurrir al divorcio, sino que cualquier matrimonio que deseé poner fin al mismo, puede hacerlo directamente acudiendo al divorcio.

Tampoco es necesario esperar un año desde que se acabó la convivencia para solicitar el divorcio. Es suficiente con que hayan transcurrido tres meses desde que se celebrase la boda para solicitarlo, y tampoco hace falta justificar la causa ni que ambos cónyuges estén de acuerdo en divorciarse.