Infografía con los datos principales para solicitar las becas educativas de estudios postobligatorios - EUROPA PRESS
MADRID, 31 Jul. (EUROPA PRESS) -
El Ministerio de Educación y Formación Profesional ha publicado este miércoles la convocatoria de becas de carácter general para el curso 2019-2020 dirigida a alumnos que cursen estudios postobligatorios. Los plazos para presentar la solicitud se prolongarán hasta el 15 de octubre de 2019, en el caso de estudiantes universitarios, y hasta el 1 de octubre de 2019, para los no universitarios.
Su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) llega después de que, el pasado 12 de julio, el Consejo de Ministros en funciones diera luz verde al Real Decreto de Umbrales, que regula el régimen de las becas y ayudas al estudio.
Esta norma, que establece los requisitos para obtener una de estas ayudas, facilitará el aumento del número de solicitantes con derecho a beca y de becarios que resulten perceptores de cuantías superiores, según el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
En concreto, el Ministerio detalla que para esta convocatoria se ha ampliado el presupuesto inicial de 1.470 millones de euros en aproximadamente 40 millones, lo que permitirá atender a 17.000 becarios que pasarán a percibir bien una beca por primera vez o bien una de mayor cuantía, en virtud de las reformas introducidas en el cálculo del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018.
Además, por segundo año, a los estudiantes víctimas de violencia de género no se les aplicarán determinados requisitos académicos para acceder a las becas, como la carga lectiva superada en el curso anterior, el límite del número de años como becario o la exigencia de superar un determinado porcentaje de créditos, asignaturas, módulos u horas.
¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR LAS BECAS?
Pueden solicitar las becas los estudiantes que no superen una determinada renta y patrimonio familiar, que cumplan unos determinados requisitos de aprovechamiento académico y se encuentren cursando Bachillerato, Formación Profesional, enseñanzas artísticas, deportivas, estudios religiosos superiores, idiomas en escuelas oficiales y enseñanzas universitarias.
La solicitud se deberá cumplimentar mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Departamento en la dirección https://sede.educacion.gob.es o en www.educacionyfp.gob.es
Las cuantías fijas de las becas para estudiantes universitarios, cubrirán el importe de los créditos de que se haya matriculado el estudiante por primera vez en el curso 2019-2020. Además, la cuantía fija ligada a la renta del estudiante es de 1.600 euros tanto para estudiantes universitarios como no universitarios.
La cuantía fija ligada a la residencia del estudiante durante el curso escolar es de 1.500 euros tanto para estudiantes universitarios como no universitarios, y la cuantía fija ligada a la excelencia académica es de entre 50 y 125 euros tanto para estudiantes universitarios como no universitarios.
Además, existe una beca básica para estudiantes no universitarios de 200 euros. Por último, la cuantía variable y distinta para los diferentes solicitantes resultará de la ponderación de la nota media del expediente del estudiante y de su renta familiar y cuyo importe mínimo será de 60 euros.