Reclama la integración automática de los actuales catedráticos de Música y Artes Escénicas en el nuevo cuerpo de Enseñanzas Artísticas
MADRID, 5 May. (EUROPA PRESS) -
Un informe jurídico señala que el proyecto de Ley por la que se regulan las Enseñanzas Artísticas Superiores presenta un articulado "contrario a los principios constitucionales de necesidad, proporcionalidad e igualdad, además de vulnerar los principios de irretroactividad normativa y de confianza legítima y seguridad jurídica".
El informe, al que ha tenido acceso Europa Press, ha sido realizado por los abogados José María Fernández Rodríguez y Jesús del Gran Poder Muñoz, que hacen referencia al artículo del proyecto de ley en el que se establece el requisito de doctorado para el nuevo cuerpo de catedráticos de Enseñanzas Artísticas Superiores y para quienes, ya siendo catedráticos de Música y Artes Escénicas, soliciten integrarse al nuevo cuerpo que realizará sus mismas funciones.
En concreto, los letrados advierten de que la nueva ley "atribuye exactamente las mismas funciones" a los catedráticos de Enseñanzas Artísticas Superiores y a los profesores de Enseñanzas Artísticas Superiores, que constituirán los dos cuerpos encargados de impartir docencia en los centros artísticos superiores.
Sin embargo, precisan que "sólo se exige la condición de doctor a los primeros, sin presentar una justificación para esta diferencia de requisitos". Así, el documento subraya que esta diferencia "choca" con el principio de igualdad en la ley derivado de lo establecido en el artículo 14 de la Constitución "al carecer de una justificación objetiva y razonable el trato diferente que se pretende dar a los integrantes del cuerpo de catedráticos de Enseñanzas Artísticas Superiores".
Además, el informe, que ha sido enviado a los grupos políticos para que lo tengan en cuenta en la preparación de enmiendas, recalca que el proyecto de ley "supone una vulneración del juicio de idoneidad", el cual establece que una medida ha de ser adecuada para el logro de un fin pretendido". "En este caso, lo que nos encontramos es la inexistencia de una razón objetiva suficientemente clara, lo que permite afirmar la inconstitucionalidad de tal exigencia", sentencian los abogados.
Aunque pueda parecer que el proyecto de ley, al exigir el requisito del título de doctor para formar parte del cuerpo de catedráticos de Enseñanzas Artísticas Superiores "pretende apostar por la promoción de la investigación en el ámbito de las enseñanzas artísticas superiores", el documento indica que la nueva norma "olvida el contexto real en el que la propuesta se lleva a cabo, puesto que los centros superiores artísticos no pueden desarrollar programas de doctorados de manera autónoma".
En este punto, explica que son las universidades los organismos que en el proyecto de ley "conservan la capacidad para la dirección de dichos programas, permaneciendo los centros artísticos superiores con la actual oferta de titulaciones". Por estos motivos, afirma que la exigencia del doctorado para poder formar parte del cuerpo de catedráticos de Enseñanzas Artísticas Superiores "no respeta el principio de proporcionalidad en los términos contemplados por el Tribunal Constitucional".
Por otra parte, según refleja el informe jurídico, la fórmula de integración de los actuales miembros del cuerpo de catedráticos de Música y Artes Escénicas en el nuevo cuerpo de catedráticos de Enseñanzas Artísticas Superiores "vulnera el principio de confianza legítima y de seguridad jurídica, imponiendo a los funcionarios que ya ha superado un proceso selectivo y han sido nombrado catedráticos, un nuevo requisito para la integración en el cuerpo que va a ejercer exactamente las mismas funciones", ya que "no cambia el marco académico, el desempeño docente ni las competencias de ningún tipo.
"A estos catedráticos, se les ofrece la posibilidad de permanecer en un cuerpo a extinguir, pero no se garantiza que quienes no deseen integrarse al nuevo cuerpo vayan a recibir el mismo tratamiento que el profesorado perteneciente al nuevo cuerpo de catedráticos de Enseñanzas Artísticas Superiores, por lo que la exigencia de un nuevo requisito para la integración es contraria al principio de irretroactividad normativa y al de seguridad jurídica", apostillan los abogados.
Los letrados consideran que la "inconstitucionalidad" del proyecto de ley "sólo podría salvarse mediante la integración automática o la única necesidad de una solicitud para que los actuales catedráticos de Música y Artes Escénicas se integren en el nuevo cuerpo de catedráticos de Enseñanzas Artísticas Superiores".