Agua.- La recuperación de competencia de policía hidráulico afecta a Aragón, Cataluña, País Vasco y Andalucía

José Valín
EUROPA PRESS
Actualizado: viernes, 4 mayo 2012 21:36

MADRID 4 May. (EUROPA PRESS) -

El Real Decreto Ley de medidas medioambientales aprobado este viernes por el Consejo de Ministros afecta a las comunidades autónomas de Aragón, Cataluña, País Vasco y Andalucía, según han precisado a Europa Press fuentes del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, porque estas comunidades autónomas así lo recogían en la modificación de su estatuto autonómico.

Según el Gobierno, el Real Decreto Ley aprobado establece que será el Estado el que asuma "directamente" las competencias de policía hidráulica en las cuencas hidrográficas intercomunitarias con el objetivo de conseguir una gestión "mucho más eficiente en materia de agua".

Así, fuentes de la Consejería de Medio Ambiente de Galicia, han explicado a Europa Press que en esta comunidad autónoma la medida no tiene efecto porque "nunca ejerció esas competencias", a pesar de que tiene algún río compartido con Castilla y León.

En este sentido, señalan que podría afectarle si hubiera asumido las competencias sancionadoras de la Confederación Hidrográfica Miño-Sil, que abarca a Galicia y parte de Castilla y León y cuyas atribuciones recaen sobre el Estado, pero "no fue así". Mientras, la cuenca de Galicia-Costa no está implicada porque le compete a la Xunta y porque en ella, todos los ríos que se gestionan nacen y mueren en la territorio gallego.

Por su parte, el presidente de la Confederación Hidrográfica del Duero, José Valín, ha indicado a Europa Press que la competencia en cuestión se encarga de la vigilancia, control y protección de los cauces del dominio público, algo que es una de las funciones de las confederaciones y que en el caso de Castilla y León ejerce la Comisaría de aguas del Duero.

Además, ha señalado que la recuperación de esta competencia afecta a los ríos Ebro y Guadalquivir pero no al Duero. En su opinión, esta fue una cesión que se realizó a algunas confederaciones hidrográficas a través de las transferencias competenciales en los estatutos de autonomía. "Se hizo esta cesión, una delegación competencial, que ahora vuelve al Estado", ha indicado.

En cuanto a la medida que también contempla el Real Decreto Ley y que se refiere a la posibilidad de que los concesionarios de derechos de agua cedan su uso a un tercero, el ex senador popular considera que no es una cuestión fácil pero que ya se ha hecho en otros países.

De hecho, ha destacado que, en muchas ocasiones ayuda a paliar "determinadas carencias" en algunas circunstancias con una "mayor flexibilidad". En ese sentido, ha puesto de ejemplo que en un momento determinado unos recursos que se han concedido a una industria, o a unos regantes, que en un año concreto no los van a utilizar o no los necesitan, se podrían ceder.

¿NUEVOS TRASVASES?

En todo caso, ha subrayado que para realizar esta cesión se necesita contar con las "infraestructuras necesarias", que dentro de una misma cuenca sería el propio cauce del río, pero que cuando esta cesión se da entre diferentes cuencas hidrográficas se necesitan "canalizaciones o trasvases" para acometer estas transferencias.

Entonces, si se precisa de una transferencia, incluso entre unos usuarios a otros y dentro de una misma cuenca, se necesitaría contar con todas las autorizaciones correspondientes, incluida si hiciera falta una Declaración de Impacto Ambiental (DÍA).

En su opinión y, a falta de conocer el contenido íntegro del Real Decreto, esta cuestión tiene "interés" en las zonas donde coexisten usuarios que unos aprovechan y otros no, un caso que "difícilmente" podría afectar al Duero.

Esto, ha dicho que estas cesiones se llevan haciendo desde hace muchos años en California (Estados Unidos), que es "el ejemplo más paradigmático", en el que se alterna una cesión antigua de derechos entre usuarios agrarios e industriales.

Finalmente, el presidente de la CHD defiende que la modificación no tiene porqué perjudicar a las condiciones ambientales de los ríos, porque si se trata de derechos concesionales preexistentes, si no se consumen en una cosa se consumen en otra. "Son derechos de concesiones para consumos establecidos. Al río le da lo mismo que se le quite para regar naranjas o peras que para un abastecimiento", ha concluido.