MADRID 27 Jun. (EUROPA PRESS) -
La Conferencia Episcopal Española (CEE) ha manifestado que, "como siempre", "actuará respetando el ordenamiento jurídico vigente", tras la sentencia del TUE que dictamina que puede ser ilegal la exención del impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras solicitada por la Congregación de Escuelas Pías Provincia de Betania tras realizar obras en su salón de actos.
El alto tribunal considera que esta exención podría incurrir en ilegalidad en caso de que se aplique a actividades económicas y entiende que dentro de éstas, podrían estar las actividades extraescolares y la educación preescolar y postobligatoria, que también imparte el centro, junto con la educación obligatoria, concertada con el Estado, a la que el TUE excluye del ámbito de esa actividad económica. En todo caso, el órgano europeo establece que debe ser un juez español el que determine estos extremos.
La CEE recuerda que la sentencia resuelve una cuestión prejudicial y avanza que está en fase de estudio por los servicios jurídicos de la Conferencia dada la "complejidad de la temática".
"La Conferencia Episcopal Española ha tenido conocimiento a través de los medios de comunicación y de la pagina web correspondiente, de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en relación con una cuestión prejudicial planteada por un Juzgado de lo Contencioso administrativo de Madrid", indica.
Se trata, según explica, de una solicitud de exención del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras realizada por un colegio perteneciente a la Congregación de Escuela Pías en relación con las obras efectuadas en su salón de actos. "Hay que destacar que en su día el colegio desistió de su petición y se produjo el abono efectivo del impuesto correspondiente", concluye la CEE.