MADRID, 25 Jun. (EUROPA PRESS) -
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este martes 25 de junio la convocatoria de 1.968.611,20 euros en subvenciones destinadas a entidades de protección animal en 2024 de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales.
La cuantía máxima de las subvenciones estará dividida en 1.200.000 euros para las actividades dirigidas a mejorar las condiciones de vida y cuidado de gatos comunitarios pertenecientes a colonias felinas, a su correcta identificación y a evitar su proliferación incontrolada; y 768.611,20 euros actividades dirigidas a mejorar las condiciones de vida, esterilización, identificación y cuidado de otros animales abandonados. Cada una de las entidades beneficiarias podrá recibir una cuantía máxima de 10.000 euros.
Tal y como recoge el BOE, la convocatoria está destinada a asociaciones sin ánimo de lucro y fundaciones legalmente constituidas no pertenecientes al sector público, de nacionalidad española y con residencia fiscal en España, cuyos estatutos establezcan como fin principal, la protección y defensa de los animales. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a contar desde hoy.
A su vez, el BOE indica que se podrá conceder ayuda para sufragar, con carácter general, los gastos veterinarios relativos a la identificación, vacunación, o desparasitación; para la adquisición de medicamentos; para la esterilización y la realización de otras cirugías; y para cualquier otro tipo de tratamiento veterinario, así como los gastos de alimentación y traslado de animales.
En lo que respecta a las colonias felinas de gatos comunitarios, se podrá conceder ayudas para los gastos para el equipamiento y la mejora de las instalaciones, y los relativos a la adquisición o el alquiler de jaulas o de instrumentos de captura. En el caso de asistencia a otros animales abandonados, las ayudas podrán ser para la ampliación o remodelación de las instalaciones de la entidad de protección animal beneficiaria de la subvención.
Asimismo, los gastos financieros, notariales, registrales, periciales, de asesoría jurídica o financiera o de administración podrán ser subvencionables si están directamente relacionados con la actividad subvencionada y son indispensables para la adecuada preparación y ejecución de la misma. Por el contrario, no serán subvencionables los salarios que perciba el personal que tenga una relación laboral por cuenta ajena a cargo de la entidad de protección animal beneficiaria de la subvención.