¿Qué dice el artículo 49 de la Constitución española? Se inicia la reforma que pone fin al término disminuido

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Actualizado: jueves, 18 enero 2024 14:26

MADRID, 16 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Congreso ha aprobado, en pleno extraordinario, la proposición de reforma del artículo 49 de la Constitución para eliminar el término 'disminuido', con el único rechazo de los diputados de Vox, que en la toma en consideración de la iniciativa el pasado martes tampoco apoyaron la iniciativa, pero decidieron abstenerse.

Repasamos qué cambiará con la reforma, qué se necesita para cambiar la Constitución y qué dicen las asociaciones.

¿CÓMO ESTÁ REDACTADO ACTUALMENTE EL ARTÍCULO 49?

El artículo 49 está incluido en el Título I. De los derechos y deberes fundamentales, capítulo tercero de la Constitución Española titulado "De los principios rectores de la política social y económica" y dice:

"Los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a los que prestarán la atención especializada que requieran y los ampararán especialmente para el disfrute de los derechos que este Título otorga a todos los ciudadanos"

¿QUÉ CAMBIARÁ CON LA REFORMA?

Lo que se pretende es cambiar la redacción recogiendo que "las personas con discapacidad ejercen los derechos previstos en este Título en condiciones de libertad e igualdad reales y efectivas". "Se regulará por ley la protección especial que sea necesaria para dicho ejercicio", se añade.

Además, en el segundo punto constará: "Los poderes públicos impulsarán las políticas que garanticen la plena autonomía personal y la inclusión social de las personas con discapacidad, en entornos universalmente accesibles. Asimismo, fomentarán la participación de sus organizaciones, en los términos que la ley establezca. Se atenderán particularmente las necesidades específicas de las mujeres y los menores con discapacidad".

La idea es incluir un tercer punto diciendo que "se regulará la especial protección de las personas con discapacidad para el pleno ejercicio de sus derechos y deberes" y que "las personas con discapacidad gozan de la protección prevista en los tratados internacionales ratificados por España que velan por sus derechos".

¿CUÁLES HAN SIDO LAS PROPUESTAS HASTA LA FECHA?

Esta reforma constitucional fue impulsada por el Comité de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) en 2018 y, junto al apoyo de la entonces vicepresidenta del Gobierno, la socialista Carmen Calvo, llegó al Congreso con un acuerdo unánime para sustituir el artículo por un nuevo texto "más acorde a los nuevos tiempos".

Sin embargo, la convocatoria de elecciones para 2019 impidió que su tramitación continuara. En la siguiente legislatura se retomó y el PP y PSOE llegaron a dejar cerrada una redacción con discreción, pero no hubo clima ni tiempo para llevarlo adelante.

Los 'populares' aseguraban que no tenían garantías de que la reforma constitucional se fuera a ceñir exclusivamente al artículo 49 y no veían disipado el riesgo de que algún grupo forzase la celebración de un referéndum constitucional.

¿QUÉ SE NECESITA PARA CAMBIAR LA CONSTITUCIÓN?

Una reforma constitucional de este tipo exige un respaldo mínimo de tres quintos de cada una de las Cámaras (210 diputados y 159 senadores), lo que hace imprescindible la presencia de los dos grandes partidos.

Como acordaron el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y el líder del Partido Popular, Alberto Núñez Feijóo, la modificación se llevará a cabo por la vía exprés y sin que se acepten cambios en otros artículos, aunque Sumar ya tiene anunciadas al menos dos enmiendas.

Asimismo, el jueves 18 debatirá las enmiendas que se hayan presentado, sean de totalidad con texto alternativo o parciales para modificar el articulado, y para aprobar la iniciativa y remitirla al Senado.

En cuanto a los plazos, el partido socialista ha propuesto aprobar la reforma constitucional por el procedimiento de urgencia y de lectura única de manera que se pueda aprobar en un Pleno monográfico del Congreso, a ser posible antes de finalizar el mes de enero.

¿DISMINUIDO O DISCAPACITADO?¿QUÉ OPINAN LOS AFECTADOS?

Las organizaciones consideran "necesaria" la actualización del artículo 49 de la Constitución acorde a los nuevos tiempos y al lenguaje inclusivo de las personas con discapacidad: "No nos sentimos disminuidas, somos igual de valiosos, igual de completos que el resto", señala en una entrevista con Europa Press, el presidente de el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), Luis Cayo Pérez Bueno.

El CERMI lleva 20 años, desde 2003, pidiendo que se actualice este artículo, ya que contiene el término "disminuido" para referirse a las personas con discapacidad. En este punto, Pérez Bueno explica que esto "se siente como ofensivo, como hiriente".

"Hay otra cuestión, más allá de la terminología, que es lo más visible y lo que más percibe a veces la opinión pública, que es anclarlo en un discurso de derechos", indica Pérez Bueno.

Asimismo lamenta que "después de este periodo tan largo de dos investiduras y un nuevo Gobierno" esperan que se retome "con intensidad, con celeridad y que pueda estar aprobado a la vuelta de unos meses".

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