El Gobierno deja fuera de la Ley de Mecenazgo la equiparación del régimen fiscal de las confesiones religiosas

Archivo - Vista por fuera de la catedral Santa María Magdalena de la Iglesia Ortodoxa Rusa en Madrid.
Archivo - Vista por fuera de la catedral Santa María Magdalena de la Iglesia Ortodoxa Rusa en Madrid. - Gustavo Valiente - Europa Press - Archivo
Publicado: miércoles, 20 diciembre 2023 11:54


MADRID, 20 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno ha dejado fuera de la reforma de la Ley de Mecenazgo, aprobada este martes como Real Decreto-Ley, la equiparación del régimen fiscal de las confesiones religiosas, que sí se incluía en el texto que quedó pendiente la pasada legislatura, según ha consultado Europa Press y han confirmado fuentes del Ministerio de Justicia.

La norma decayó con la convocatoria de elecciones y el Ejecutivo ha decidido aprobarla como Real Decreto, lo hizo este martes y el miércoles ha salido publicada en el BOE, con la precisión de que su entrada en vigor será a partir del 1 de enero de 2024.

El pasado 25 de abril de 2023, el Ministerio de la Presidencia llegó a un acuerdo con las confesiones de notorio arraigo --la Iglesia Ortodoxa, la Unión Budista, la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días (mormones) y los Testigos de Jehová-- para equiparar su fiscalidad a la de la Iglesia católica, judíos, musulmanes y evangélicos, y que iba a beneficiar a los 1,3 millones de fieles de estas religiones que residen en España.

El acuerdo fue abordado durante una reunión entre el entonces ministro de Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Félix Bolaños, con representantes de la Iglesia Ortodoxa, la Unión Budista, la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días y los Testigos de Jehová.

En virtud de este acuerdo, según indicaron, estas confesiones podrían disfrutar de los mismos beneficios fiscales que tienen reconocidos la Iglesia Católica, la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas, la Federación de Comunidades Judías de España y la Comisión Islámica, así como las entidades sin ánimo de lucro, como las ONG o las fundaciones.

En concreto, las confesiones de notorio arraigo no tendrían que pagar el IBI para los bienes destinados al culto y sus dependencias o edificios y locales anejos que estén destinados al culto, a la asistencia religiosa y a la residencia de ministros de culto; para los locales destinados a oficinas de las entidades religiosas, ni para los centros destinados únicamente a la formación de ministros de culto.

Asimismo, el acuerdo incluía el reconocimiento de otras exenciones fiscales en impuestos estatales (impuesto de sociedades) y tributos locales (IAE y plusvalía, entre otros).

La medida, según señaló en aquel momento el Ministerio de Presidencia, respondía a "una demanda histórica" de las confesiones con notorio arraigo sin acuerdo de colaboración con el Estado y venía a "corregir una diferencia de trato de difícil justificación en este momento".

Para articular esta reforma, al día siguiente de la firma de este acuerdo, el PSOE sacó adelante en el Congreso una enmienda a la proposición de ley de modificación de la Ley de mecenazgo, transaccionada con otros grupos parlamentarios, con el apoyo del PP y el rechazo de Unidas Podemos, Vox y Ciudadanos.

La enmienda transaccional, que se votó en la Comisión de Hacienda del Congreso, fue aprobada por 26 votos a favor, 10 en contra y ninguna abstención. Si bien, esta enmienda ha quedado excluida del nuevo texto sobre la reforma de la Ley de mecenazgo, que aún tiene que ser refrendada por el Parlamento al haber sido aprobada mediante Real Decreto-Ley y que podría ser tramitada como proyecto de Ley si así lo decide una mayoría del hemiciclo, con lo que podrían ser introducidos de nuevo cambios en su articulado, aunque esta tramitación no afectaría a su entrada en vigor.