El Ejecutivo está explorando "las mejores vías" para incluir en ella los perros de caza, rehalas y animales auxiliares de caza
MADRID, 6 Dic. (EUROPA PRESS) -
El Gobierno someterá al trámite preceptivo de audiencia e información pública "en las próximas semanas" el borrador del reglamento de desarrollo de la Ley de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales.
Así se ha expresado en respuesta a una pregunta recogida por Europa Press y registrada por Ione Belarra en el Congreso, en la que la diputada de Podemos inquiría sobre la varolación del Ejecutivo del grado de ejecución de la norma y sobre qué trabajos está realizando para la elaboración del reglamento de desarrollo de la ley de protección de los derechos y el bienestar de los animales.
En este sentido, el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha informado que la Dirección General de Derechos de los Animales realizó desde el 17 de abril al 8 de mayo de 2023 el trámite de consulta pública previa. El borrador es fruto de lo recogido a través de este procedimiento, que ha contado con 542 aportaciones de las Comunidades Autónomas, Entidades Locales y principales sectores asociativos y profesionales relacionados con los animales de compañía.
A través de otra pregunta registrada en el Congreso sobre el mismo tema, Belarra ha preguntado qué está haciendo Dirección de Derechos de los Animales para incluir en la norma a los perros de caza, rehalas y animales auxiliares de caza. A ello, el Gobierno ha respondido que se están manteniendo contactos con todos los sectores para explorar "las mejores vías" para conseguir un marco regulatorio suficiente en España para todos aquellos animales no contenidos en la misma.
Con una tercera pregunta registrada en el Congreso sobre la misma normativa, la diputada de Podemos ha inquirido sobre la fecha prevista para la elaboración, aprobación y publicación del reglamento que desarrolle el listado positivo de animales de compañía. Al respecto, el Ejectivo ha afirmado que su intención es respetar lo dispuesto en la Disposición Final cuarta de la Ley.
Esta explica que el Gobierno aprobará el reglamento que desarrolle el listado positivo de animales silvestres que pueden ser objeto de tenencia como animal de compañía en el plazo máximo de 24 meses desde la entrada en vigor de esta ley.
Además, detalla que publicará el listado de especies de mamíferos silvestres que quedan incluidas en el listado positivo de animales de compañía en el plazo máximo de 12 meses desde la entrada en vigor del mencionado reglamento.
El plazo máximo se extenderá a los 30 meses en el caso del listado de especies de otros grupos de animales silvestres (aves, reptiles, anfibios, peces e invertebrados) que queden incluidas en el listado positivo de animales de compañía.