¿Qué inspecciones tiene que pasar un ascensor?

Inspecciones tiene que pasar un ascensor
EUROPA PRESS
Actualizado: miércoles, 10 mayo 2017 12:59

MADRID, 10 May. (EDIZIONES) -

Dos jóvenes perdieron la vida este martes en Madrid después de que el suelo del ascensor que estaban utilizando se desprendiese y cayeran al vacío desde un noveno piso. Según ha señalado la Comunidad de Madrid, el ascensor había pasado las inspecciones y se le había realizado el mantenimiento en abril, pero...

¿QUÉ INSPECCIONES TIENEN QUE PASAR UN ASCENSOR?

De acuerdo a la normativa vigente en la Comunidad de Madrid, todos los ascensores deben someterse periódicamente a una inspección periódica, como mínimo, en los siguientes plazos:

- Ascensores instalados en edificios de uso industrial y lugares de pública concurrencia: cada dos años.

- Ascensores instalados en edificios de más de veinte viviendas, o con más de cuatro plantas servidas: cada cuatro años.

- Ascensores no incluidos en los casos anteriores: cada seis años.

¿QUIÉN REALIZA ESTAS INSPECCIONES?

Las inspecciones técnicas periódicas se realizarán por empresas previamenta autorizadas por las comunidades autónomas para realizar estas inspecciones en presencia de representantes de la empresa encargada del mantenimiento, que prestarán su asistencia cuando sea preciso.

En este enlace hay una relación completa de las empresas que actualmente cuentan con una autorización de la Comunidad de Madrid. 

¿CUÁL ES EL RESULTADO DE ESTAS INSPECCIONES?

Al término de la inspección se entregará una copia del resultado, con una relación de los defectos encontrados, en su caso, a los representantes de la empresa de mantenimiento y al propietario del ascensor.

Cuando existan defectos graves, lo pondrá en conocimiento del titular, o representante y concederá un plazo máximo de 6 meses para su subsanación. Transcurrido el plazo, o antes si ha sido avisado, volverá a realizar una inspección para comprobar si los defectos se han arreglado y tramitará el certificado de inspección.

Ante defectos muy graves, el Organismo de Control Autorizado, lo comunicará al mantenedor que procederá a dejar el ascensor fuera de servicio finalizando el proceso de inspección.

El resultado y estado de la inspección quedará reflejado en un distintivo que se colocará en el dintel de la puerta y en el espacio de maquinaria. Este distintivo es de diferente color según el caso:

- Verde para las inspecciones favorables.

- Amarillo para las inspecciones a las que se ha dado un plazo de 6 meses para la subsanación de defectos graves.

- Rojo para los ascensores que se han detectado defectos muy graves y deben paralizarse.

¿QUÉ SE CONSIDERAN DEFECTOS LEVES, GRAVES Y MUY GRAVES?

Los defectos se clasificarán como:

- Muy graves: aquellos que constituyen un peligro inminente para las personas o pueden causar daños a la instalación, debiendo paralizarse el ascensor inmediatamente. Se consideran también defectos muy graves aquellos defectos graves detectados en la primera visita de inspección que no hayan sido subsanados en la visita de comprobación

- Graves: constituyen defectos graves aquellos que no suponen un peligro inmediato para la seguridad de las personas o las cosas, pero que puede serlo en el caso de un fallo de la instalación o bien puede disminuir la capacidad de utilización de la misma.

- Leves: distintos a los anteriores cuya existencia no impide superar la inspección, pero que deben subsanarse para la siguiente inspección periódica. La reincidencia de estos defectos puede ocasionar la apertura de expediente sancionador