MÁLAGA 7 Ene. (EUROPA PRESS) -
La Delegación Provincial de Salud de Málaga ha notificado este viernes al propietario del Restaurante 'Asador de Guadalmina' de Marbella (Málaga) que permite fumar en el interior de su establecimiento, negándose a acatar la reforma de la Ley Antitabaco, el inicio de un expediente sancionador por el incumplimiento de la Ley General de Sanidad, "al obviar de manera reiterada el requerimiento de la autoridad sanitaria".
Asimismo, han recordado que días atrás se le requirió oficialmente a que depusiera su actitud, retirara los carteles que incitan al tabaco y cumpliera la normativa, según ha informado la Junta a través de un comunicado.
En concreto, los hechos suponen el incumplimiento del artículo 35 C.4 de la Ley 14/1986 de 25 de abril General de Sanidad, según el cual se considera infracción muy grave "el incumplimiento reiterado de los requerimientos específicos que formulen las autoridades sanitarias", lo que derivará en una sanción que podría oscilar entre los 10.001 y los 600.000 euros.
La notificación informa al dueño de este establecimiento que "dispone de un plazo de 15 días hábiles para formular alegaciones y aportar los documentos e informes que estimen convenientes".
Además, junto a esta actuación por incumplir el requerimiento de la autoridad sanitaria y de manera paralela, la Delegación Provincial de Salud ha trasladado este viernes al Ayuntamiento de Marbella las actas levantadas al establecimiento para que proceda, a abrir un expediente sancionador por infracción grave por el incumplimiento de la Ley 42/2010 de 30 de diciembre, que modifica la Ley 28/2005 de 28 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, suministro, consumo y publicidad de los productos del tabaco.
La normativa establece que el Ayuntamiento de Marbella es la autoridad competente para sancionar en estos casos de infracción grave. La sanción en este tipo de infracciones podría oscilar entre 601 a 10.000 euros.
Se trataría, por tanto, de dos procedimientos sancionadores distintos: uno por incumplimiento de la Ley de Sanidad y que, debido a la cantidad de la sanción, ha de tramitar el Gobierno autonómico; y otro, por incumplimiento de la Ley del Tabaco que, por el rango de sanción, recaería en el Ayuntamiento del municipio, según han explicado.