Más País enmienda la Ley Trans para castigar con penas de prisión las llamadas terapias de conversión de la sexualidad

El líder de Más País, Iñigo Errejón, sostiene la bandera trans que la Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Trans, Bisexuales, Intersexuales y más (Flegtbi+), Chrysallis y Fundación Triángulo han llevado al Congreso de los Diputados, a 27 de octubre de
El líder de Más País, Iñigo Errejón, sostiene la bandera trans que la Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Trans, Bisexuales, Intersexuales y más (Flegtbi+), Chrysallis y Fundación Triángulo han llevado al Congreso de los Diputados, a 27 de octubre de - Gustavo Valiente - Europa Press
Publicado: viernes, 28 octubre 2022 13:43

MADRID 28 Oct. (EUROPA PRESS) -

Más País ha registrado una enmienda al proyecto de Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, con el objetivo de penalizar con penas de prisión las denominadas terapias de conversión de la sexualidad, que, a su juicio, son una "tortura", que causa daños físicos y psicológicos.

Así lo ha anunciado este viernes a los medios el líder de Más País, Íñigo Errejón, quien ha añadido que la conocida como Ley Trans "tiene que llegar ya, y tiene que llegar sin más demoras y sin más retrasos". El Congreso ha ampliado una semana más, hasta el próximo 2 de noviembre, el plazo para la presentación de enmiendas parciales al proyecto de Ley. La Mesa de la Cámara Baja ha tomado esta decisión a petición de PSOE y PP.

En relación con la enmienda presentada por la formación política, el portavoz de Más País ha argumentado que la "homosexualidad no es ninguna enfermedad y esas supuestas terapias son en realidad una tortura, una tortura que hace daño, que causa daños físicos y daños psicológicos".

Desde su punto de vista, las sanciones administrativas que existen hasta ahora son "claramente insuficientes" y "no han evitado que se siga practicando esta forma de tortura, de tortura homófoba". "Por eso le queremos poner fin y queremos garantizar que tiene asociados castigos, como ha hecho Francia, como ha hecho Alemania o como ha hecho Canadá. Queremos que quienes practiquen estas formas de tortura tengan sanción en el Código Penal", ha subrayado.

En la enmienda de adición registrada en el Congreso, a la que ha tenido acceso Europa Press, se establece que la persona que dolosamente infligiera, practicara, llevara a cabo o realizare Esfuerzos de Cambio de Orientación Sexual e Identidad o Expresión de Género (ECOSIEG) a otra persona será castigada con la pena de prisión de uno a cuatro años y multa de ocho a veinticuatro meses.

Asimismo, señala que se castigará con la misma pena a quienes remitan a una persona a estos Esfuerzos de Cambio de Orientación Sexual e Identidad o Expresión de Género, la fuercen a recibir el mismo o consientan la práctica de ECOSIEG en un entorno bajo su supervisión donde podrían impedirla.

LA IMPRUDENCIA, CASTIGADA

Por otro lado, la persona que cometiera alguna de estas conductas "por imprudencia" será castigada con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de cuatro a doce meses. Además, cuando alguna de estas conductas se cometan contra menores de edad o contra personas especialmente vulnerables por sus características personales, se impondrá la pena superior en grado.

Según se aclara en la enmienda de Más País, se entenderá por ECOSIEG o "terapias de conversión" el asesoramiento, práctica o tratamiento de cualquier tipo que partan de la premisa de que ciertas orientaciones sexuales, identidades sexuales y/o de género o expresiones de género son patológicas o menos deseables que otras; tengan como objetivo modificar, disminuir, reprimir, desalentar o suprimir la orientación sexual, la identidad sexual y/o de género o la expresión de género de una o varias personas; o tengan como objetivo modificar, disminuir, reprimir, desalentar o suprimir el deseo sexual o los sentimientos románticos de una o varias personas.

Se incluyen las intervenciones médicas, psiquiátricas, psicológicas, sociales, familiares, clínicas, de aconsejamiento o coaching, así como las religiosas y pastorales, independientemente de los métodos, técnicas o enfoques que empleen.

Los ECOSIEG no incluyen medidas y tratamientos afirmativos de la orientación sexual, de la identidad sexual y/o de género o de la expresión de género; Intervenciones que proporcionen aceptación, apoyo y comprensión a la persona en su orientación sexual, en su identidad sexual y/o de género o en su expresión de género, así como aquellas intervenciones exploratorias que se lleven a cabo sin imponer marcos preestablecidos ni condicionar a las personas.

Tampoco incluyen medidas dirigidas a la obtención de apoyo social, a la exploración de la identidad y al desarrollo de la persona, incluidas las intervenciones neutrales en cuanto a la orientación sexual, la identidad sexual y/o de género y la expresión de género para prevenir o abordar conductas ilícitas, comportamientos perjudiciales o prácticas sexuales inseguras; o que consistan en servicios que forman parte de la transición social o médica de la persona.

El consentimiento de una víctima de ECOSIEG o "terapia de conversión", o de sus representantes legales, será irrelevante para la responsabilidad criminal de dicha conducta. Además, para proceder por este delito, no será necesaria denuncia de la persona agraviada ni de sus representantes legales.


Leer más acerca de: