MADRID, 26 Jul. (EUROPA PRESS) -
Las sanciones por abandono animal pueden oscilar entre los 500 y los 50.000 euros, dependiendo de la gravedad del caso, según informa Legálitas, que recuerda que la legislación española aborda el maltrato y abandono de animales tanto en el ámbito penal como administrativo con el objetivo de proteger a los animales y reducir la incidencia de estos actos inhumanos.
La Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, establece mecanismos legales para fomentar la protección animal y prevenir el abandono.
Legálitas señala que esta ley "es un paso significativo hacia la erradicación del maltrato y abandono de animales en España, estableciendo un marco común en todo el territorio español y sancionando las infracciones en función de su gravedad".
Así, las infracciones leves suponen una amonestación o multa de 500 a 10.000 euros. Estas infracciones pueden incluir situaciones donde el propietario no cumple con las obligaciones básicas de cuidado y mantenimiento de la mascota.
Por su parte, las multas por infracciones graves oscilan entre los 10.000 y los 50.000 euros. Las infracciones graves incluyen actos de abandono deliberado o maltrato severo que pongan en riesgo la vida y bienestar del animal.
Estas sanciones son las de carácter principal, junto con ellas se pueden imponer medidas accesorias como son, entre otras, la retirada de armas, suspensión de licencias en materias reguladas por la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, sin perjuicio, de las sanciones que puedan establecerse por cuestión de protección y seguridad ciudadana como de armas.
En algunos de los casos no solo es abandono, muchas de las mascotas son encontradas con claros signos de maltrato que conlleva unas sanciones más estrictas.
El maltrato animal en España está tipificado en el Código Penal, que sanciona estos delitos con penas severas para garantizar su protección. En caso de maltrato, se contemplan penas de prisión de 3 a 18 meses o multa de 6 a 12 meses, además de inhabilitación especial de 1 a 3 años para ejercer profesiones relacionadas con animales. Esto incluye situaciones donde los animales se mantienen atados o deambulan sin rumbo.
Si el maltrato deriva en la muerte del animal, las penas se elevan a prisión de 12 a 24 meses e inhabilitación especial para trabajar con animales de 2 a 4 años. Este agravante se aplica cuando el maltrato acaba en la muerte del animal, reflejando la gravedad del acto.
Legálitas recuerda que, si se detecta un animal en estado de abandono o maltrato, lo recomendable es ponerse en contacto con la Policía, Guardia Civil o con una protectora de animales que actúe en consecuencia.