MADRID 22 Sep. (EUROPA PRESS) -
El obispo de Bilbao, Mario Iceta, ha firmado la primera sentencia de nulidad por vía rápida desde la reforma del Papa Francisco sobre el proceso canónico para las causas de nulidad, que se hizo efectiva el pasado mes de diciembre de 2015 cuando entró en vigor el Motu Proprio 'Mitis Iudix Dominus Iesus' (El Señor Jesús, juez clemente) que introdujo tres novedades: tender hacia la gratuidad del proceso, eliminar la obligatoriedad de una doble sentencia conforme, y que en los casos más evidentes sea el propio obispo quien lleve la causa.
La primera sentencia de nulidad por este proceso breve en España, a la que ha tenido acceso la revista Vida Nueva, ha sido firmada por el obispo de Bilbao, se ha resuelto en dos meses, ha costado 300 euros y se ha basado en la falta de madurez de los contrayentes. Sin la reforma de Francisco, el contencioso se podría haber dilatado hasta cuatro o cinco años y haber generado una factura de hasta 9.000 euros.
"Fallo respondiendo a la fórmula de dudas afirmativamente, esto es, declarando que consta la nulidad por grave defecto de discreción de juicio en ambos (canon 1095.2)", concluye la sentencia.
La resolución judicial avala la inexistencia del matrimonio de Juan Pradera, un bilbaíno de 36 años que se casó en 2007. Dos años después tuvo una hija con su pareja y en 2011 su entonces esposa solicitó el divorcio. "Yo no sentía que me había casado con mi exmujer", explica este ingeniero, que ahora vive en Arizona, sobre los motivos que le llevaron a iniciar el proceso de nulidad.
El 5 de febrero de 2016 interpuso ante el Tribunal Eclesiástico de Bilbao la demanda, el 9 de marzo se celebró la jornada de instrucción y el 30 de marzo, menos de dos meses después, el obispo de Bilbao, Mario Iceta, declaró nulo el matrimonio, fundamentado en el grado de madurez personal de los contrayentes.
Para que una demanda de nulidad presentada ante los tribunales eclesiásticos se resuelva por la vía rápida deben cumplirse unos requisitos que, en este caso, concurrían: las dos partes estaban de acuerdo sobre los hechos relevantes de la petición de nulidad y había suficientes medios de prueba.
Pradera tenía previsto casarse con su actual pareja por vía civil el pasado mes de junio pero tras conocer la rápida resolución decidieron celebrar la boda en una iglesia de Irlanda, país de origen de su esposa. "Solo tengo una palabra para el Papa: gracias", exclama.
MÁS DE 400 NULIDADES AL AÑO POR VÍA ORDINARIA
Antes de que entrara en vigor la reforma sobre nulidades del Papa Francisco el pasado 8 de diciembre de 2015, habían entrado en el Tribunal de la Rota Española en lo que iba de año en torno a 400 nulidades, aproximadamente las mismas que en 2014, que se cerró con un total de 416 causas de nulidad presentadas y 488 sentencias dictadas. En torno a un 70% de los procesos concluyen con la declaración del matrimonio como nulo. Además, un 40% de las causas de nulidad ya tenían antes de la reforma patrocinio gratuito.
Según explicó el Decano del Tribunal de la Rota Española, monseñor Carlos Morán, a Europa Press, la media de tiempo para la resolución de un proceso de nulidad en este Tribunal está en un año y medio y las tasas son de unos 550 euros, una cantidad que supone normalmente el 20% del coste total de una causa, ya que lo más caro son los abogados. Sin embargo, en este caso, gracias al proceso breve, se han reducido el tiempo y el coste.