ROMA, 29 Ene. (EUROPA PRESS) -
El Papa Francisco ha aprobado una nueva Constitución Apostólica sobre las universidades eclesiásticas, la 'Veritatis Gaudium' que actualiza la promulgada por Juan Pablo II hace 39 años (la 'Sapientia christiana') para "relanzar" los estudios eclesiásticos hacia "una transformación misionera de una Iglesia en salida" y en la que contempla la posibilidad de que refugiados y solicitantes de asilo que no dispongan de los documentos exigidos puedan acceder a las facultades eclesiásticas.
Así lo dispone el Pontífice en el apartado tres del artículo 32 referido a las exigencias para ser inscrito en una facultad eclesiástica con el fin de conseguir un grado académico. Según precisaba ya la anterior Constitución, el alumno deberá presentar el título de estudio que se requiera para ser admitido en la universidad civil del país o la región.
Si bien, el nuevo documento añade que "la Facultad determinará en sus estatutos los procedimientos para evaluar las modalidades de tratamiento en el caso de refugiados, solicitantes de asilo o personas en situaciones análogas desprovistos de la regular documentación exigida".
En la introducción de 'Veritatis Gaudium', el Papa Francisco señala que, "después de casi cuarenta años, hoy es urgente y necesaria una oportuna revisión y actualización" de la Constitución aprobada por Juan Pablo II para "incorporar en ella las disposiciones normativas emanadas posteriormente, teniendo en cuenta, al mismo tiempo, el desarrollo de los estudios académicos de estos últimos decenios, y también el nuevo contexto socio-cultural a escala global".
El Concilio Vaticano II en su decreto 'Optatam totius' ya recomendó una revisión fiel y creativa de los estudios eclesiásticos --algo a lo que respondió la Constitución ahora revisada-- y subrayaba que los alumnos debían acostumbrarse "a superar las fronteras de su propia diócesis, nación o rito y ayudar a las necesidades de toda la Iglesia, con el ánimo dispuesto a predicar el Evangelio por todas partes".
"Ha llegado el momento en el que los estudios eclesiásticos reciban esa renovación sabia y valiente que se requiere para una transformación misionera de una Iglesia en salida", subraya Bergoglio en el preámbulo del documento publicado este lunes 29 de enero por la Santa Sede.
Estos estudios, según puntualiza, no deben ofrecer solo lugares e itinerarios para la formación cualificada de los presbíteros, de las personas consagradas y de laicos comprometidos, sino que constituyen "una especie de laboratorio cultural providencial, en el que la Iglesia se ejercita en la interpretación de la performance de la realidad que brota del acontecimiento de Jesucristo".
Así, añade que esto tiene un valor "indispensable" para una Iglesia en salida, puesto que hoy se vive "no solo una época de cambios sino un verdadero cambio de época, que está marcado por una crisis antropológica y socio-ambiental de ámbito global, en la que se encuentran cada día más síntomas de un punto de quiebre, a causa de la gran velocidad de los cambios y de la degradación".
En medio de esta "enorme" tarea, según agrega, se requiere, en el ámbito cultural de la formación académica y de la investigación científica, "el compromiso generoso y convergente que lleve hacia un cambio radical de paradigma, más aún hacia una valiente revolución cultural". En este empeño, apunta que la red mundial de las Universidades y Facultades eclesiásticas está llamada a llevar la aportación decisiva.
Los criterios fundamentales con vistas a una renovación y a un relanzamiento de la aportación de los estudios eclesiásticos a una Iglesia en salida misionera son, según enumera: la contemplación y la introducción espiritual, intelectual y existencial en el corazón del kerygma; el diálogo a todos los niveles, con otras Iglesias y convicciones humanísticas, con creyentes y no creyentes; la interdisciplinariedad, como ubicación y maduración de todo el saber en el espacio; y la creación de redes entre distintas instituciones.
IMPULSO A LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA
En este sentido, propone establecer centros especializados de investigación, en los que trabajen estudiosos procedentes de diversas convicciones religiosas y de diferentes competencias científicas, que promuevan el estudio de los problemas de alcance histórico que repercuten en la humanidad de hoy, y propongan "pistas" de resolución apropiadas y objetivas.
"Al relanzar los estudios eclesiásticos, se advierte la viva necesidad de dar un nuevo impulso a la investigación científica llevada a cabo en nuestras Universidades y Facultades eclesiásticas", subraya.
En este sentido, argumenta que los estudios eclesiásticos no pueden limitarse a transmitir a los hombres y mujeres de este tiempo conocimientos, competencias y experiencias, sino que deben "elaborar herramientas intelectuales que puedan proponerse como paradigmas de acción y de pensamiento, y que sean útiles para el anuncio en un mundo marcado por el pluralismo ético-religioso".
Esto no sólo exige "una profunda conciencia teológica", según apunta el Pontífice, sino también la capacidad de "concebir, diseñar y realizar sistemas de presentación de la religión cristiana que sean capaces de profundizar en los diversos sistemas culturales".
En esta línea, y atendiendo al contenido de la nueva Constitución Apostólica, en el artículo 72 (equivalente al 69 del documento aprobado por Juan Pablo II), se establece que "las relaciones con las religiones no cristianas hay que considerarlas con atención" y que "serán examinados con escrupulosa diligencia los problemas que nacen del ateísmo" y se añade, como novedad, que serán analizados asimismo los de "otras corrientes de la cultura contemporánea".
Además, en el artículo relativo al profesorado se añade que "si llegara a faltar cualquiera de los requisitos" que se piden --honestidad de vida, integridad doctrinal y diligencia en el cumplimiento del-- los profesores deberán ser removidos de su encargo, observando el procedimiento previsto.
También se incorpora un nuevo artículo en el se dicta que cuando una Universidad o una Facultad eclesiástica no esté cumpliendo las condiciones que fueron requeridas para su erección o aprobación, compete a la Congregación para la Educación Católica, notificado previamente al Gran Canciller, y al Rector o Presidente, y pedido el parecer del obispo y de la Conferencia Episcopal, tomar la decisión sobre la "suspensión de los derechos académicos".
PROFESORES PRESBÍTEROS
En cuanto a la Facultad de Teología, la nueva Constitución establece que "es necesario que exista un adecuado número de profesores presbíteros" para cumplir su misión particular de cuidar la científica formación teológica de aquellos que se preparan al presbiterado y de aquellos que se preparan para desempeñar cargos eclesiásticos especiales.
Atendiendo a las normas aplicativas de la Congregación para la Educación Católica publicadas para la recta ejecución de la 'Veritatis Gaudium', se establece que en las Facultades distintas a la de Teología y de Derecho Canónico "si el profesor no posee ni un Doctorado canónico ni una Licencia canónica, podrá ser profesor estable solo con la condición de que su formación sea coherente con la identidad de una Facultad eclesiástica".
Se añaden asimismo normas derivadas del uso de las nuevas tecnologías como la posibilidad de que una parte de los cursos pueden ser impartidos en la modalidad de enseñanza a distancia, si el plan de estudios, aprobado por la Congregación para la Educación Católica, lo prevé, o como la publicación de la tesis doctoral en forma electrónica.
La presente Constitución entrará en vigor el primer día del año académico 2018-2019 o del año académico 2019, según el calendario académico de las distintas regiones, según indica el propio texto.