PP y ERC proponen que los centros de Enseñanzas Artísticas cuenten con un Consejo de Estudiantes como las universidades

Archivo - Alumnos de enseñanzas musicales.
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Publicado: domingo, 25 febrero 2024 11:36

   MADRID, 25 Feb. (EUROPA PRESS) -

   El Grupo Parlamentario Popular y el Grupo Parlamentario Republicano han presentado en el Congreso de los Diputados sendas enmiendas a la Ley por la que se regulan las Enseñanzas Artísticas Superiores y se establece la organización y equivalencias de las Enseñanzas Artísticas Profesionales para que los centros que imparten estas enseñanzas cuenten con un Consejo de Estudiantes.

    Aunque los dos grupos han registrado las enmiendas en la Cámara Baja por separado, los textos de las dos iniciativas, a las que ha tenido acceso Europa Press, son similares.

    No obstante, el Partido Popular justifica la enmienda como una "mejora técnica" y el Grupo Republicano señala que, para mejorar la participación del estudiantado en el ejercicio de sus derechos, "es necesario que en el centro educativo exista, al menos, un órgano de representación estudiantil".

    Los miembros del Consejo de Estudiantes, según indican ambos textos, serán elegidos entre los estudiantes, con la duración y en la forma en que lo determine el reglamento interno de funcionamiento aprobado por el Consejo del centro.

    Ambos grupos parlamentarios quieren que el Consejo de Estudiantes goce de plena autonomía para el cumplimiento de sus fines dentro de la normativa propia de los centros, y estos le dotarán de los medios y espacios necesarios para el desarrollo de sus funciones.

    Así, las enmiendas establecen que las funciones del Consejo de Estudiantes serán defender los intereses del estudiantado en los órganos de gobierno; o velar por el cumplimiento y el respeto de sus derechos y deberes.

   También serán funciones del Consejo de Estudiantes realizar propuestas a los órganos de gobierno en materias relacionadas con sus competencias para su inclusión en el orden del día y fomentar el asociacionismo estudiantil y la participación del estudiantado en la vida académica.

    Por último, este órgano de participación estudiantil tendrá cualesquiera otras funciones que le asigne el reglamento interno de funcionamiento de cada centro de Enseñanzas Artísticas Superiores.