MADRID, 12 may. (EDIZIONES)
Este lunes varios territorios nacionales han entrado en la Fase 1 del plan de transición hacia una nueva normalidad diseñado por el Gobierno. En esta nueva fase, se alivian algunas restricciones que afectan a los deportistas profesionales y de alto rendimiento.
Desde el lunes 4 de mayo, los deportistas profesionales y calificados de alto nivel pueden salir a hacer deporte sin restricción de horarios. Asimismo, estos deportistas pueden acceder a espacios naturales para desarrollar la actividad, ya sea el mar, ríos o embalses, y utilizar el equipamiento e implementos deportivos necesarios.
Con la entrada de algunos territorios en la Fase 1 del plan de desconfinamiento, los Centros de Alto Rendimiento (CAR), Centros Especializados de Alto Rendimiento (CEAR) y los Centros de Tecnificación Deportiva (CETD/CTD) abren sus instalaciones públicas o privadas al aire libre solo para la práctica deportiva de manera individual (manteniendo la distancia social de seguridad recomendada de 2 metros, sin contacto y con cita previa).
Dentro de estos centros, por ejemplo, se puede entrenar en pistas de atletismo, pistas de tenis (1 contra 1), campos de golf, campos de rugby, campos de tiro, circuitos, campos de futbol, pistas de pádel (1 contra 1), campos de tiro, etc., respetando el 30% de capacidad de aforo de la instalación y siguiendo las normas de seguridad y sanitarias marcadas.
En el caso de que estos deportistas tengan que trasladarse a otra provincia para poder entrenar durante la Fase 1, pueden hacerlo siempre que el deportista (D.A.R., D.A.N., o profesional) esté autorizado para desarrollar sus entrenamientos en algunos de estos centros y dentro de los límites establecidos.
Para ello necesita de un Permiso del Centro de Alto Rendimiento o Centro de Tecnificación conforme el deportista va a entrenar o está entrenando en sus instalaciones. Alternativamente será suficiente el permiso de la federación deportiva española o autonómica correspondiente que habilite al deportista a entrenar en el CAR, CEAR o CTD, siempre que el centro correspondiente haya autorizado el acceso.