La Junta de Andalucía aprueba decreto ley para renovar hoteles, que prevé aumento de edificabilidad de 15 a 20%

Archivo - Imagen de archivo de un hotel en Torremolinos (Málaga).
Archivo - Imagen de archivo de un hotel en Torremolinos (Málaga). - ADH HOTELS & RESORTS - Archivo

SEVILLA 6 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Gobierno ha aprobado este martes un decreto ley con medidas de incentivo para la renovación y modernización de los establecimientos hoteleros andaluces, iniciativa que persigue la dinamización económica del sector con el impulso a la modernización de los establecimientos, el aumento de categoría y la adaptación de las instalaciones a las exigencias derivadas de la crisis sanitaria provocada por el Covid-19.

Este decreto ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Según ha trasladado el Gobierno andaluz por medio de una nota, la pretensión es mejorar la calidad de los establecimientos turísticos en suelo urbano para permitir que aumenten su edificabilidad hasta un 15%, e incluso hasta un 20% si se corresponde con un aumento de categoría.

Si este aumento supone un incremento del aprovechamiento objetivo en más del 10%, se precisa llevar a cabo un instrumento de planeamiento urbanístico, de ahí que se ha establecido para esta medida extraordinaria un plazo de tres años para solicitar licencia o iniciar la modificación del planeamiento.

El texto incorpora a la legislación andaluza una norma especial y de eficacia inmediata que tiene el carácter de urgente al esgrimir el Gobierno andaluz que "contribuye a la recuperación económica de un sector de la actividad productiva estratégico para la comunidad autónoma".

La normativa que ha impulsado la Consejería de Fomento, según ha explicado la Junta de Andalucía, ha sido consensuada con la Consejería de Turismo y responde a una demanda del sector hotelero representado por la Asociación de Empresarios Hoteleros de la Costa del Sol (Aehcos).

"Estas medidas ya se han puesto en marcha en otras comunidades, como Murcia, Baleares y Canarias, donde han tenido un importante éxito ya que reactiva la economía", ha sostenido la Junta, que ha considerado que "el efecto dinamizador sobre el sector turístico de normas similares a la que se contiene en el presente decreto ley ha sido cuantificado en otras comunidades autónomas".

El Gobierno andaluz ha indicado que la entrada en vigor de la Disposición Adicional 4 de la ley 8/2012, de 19 de junio, de Turismo de las Islas Baleares generó una inversión superior a los 1.800 millones de euros y la creación de más de 7.500 puestos de trabajo solo en el sector del alojamiento. Con arreglo a esta norma, además, más de 200 establecimientos hoteleros subieron de categoría.

En el caso de Andalucía, Marín ha sostenido en la rueda de prensa del Consejo de Gobierno que "el sector estima la inversión en 2.000 millones de euros y más de 7.000 empleos en nuestra Comunidad".

BENEFICIARIOS: ESTABLECIMIENTOS EN SUELO URBANO

Se podrán acoger a este decreto ley los establecimientos de alojamiento turístico que se hallen legalmente edificados en suelo urbano y que requieren realizar obras de ampliación o reforma para su renovación y modernización.

Para este tipo de obras se establece un margen de flexibilidad en la aplicación de los parámetros urbanísticos de edificabilidad, ocupación y altura, como medida de carácter excepcional y transitorio, de aplicación a las licencias de obras que con esta finalidad se soliciten en el plazo de tres años desde la entrada en vigor del decreto ley.

Con carácter general, la norma permite incrementar hasta un 15% la edificabilidad y la ocupación en las parcelas donde exista un establecimiento turístico.

En determinados supuestos, este porcentaje podrá alcanzar el 20% para incentivar actuaciones de recalificación que permitan a los establecimientos adaptarse a las categorías superiores y siempre que se modifique el planeamiento urbanístico correspondiente.

Con todo, los proyectos de obra que se acojan a la regulación contenida en este decreto ley estarán sujetos, en todo caso, a licencia urbanística municipal y precisarán de un informe de la Consejería de Turismo para comprobar que el proyecto persigue alguna de sus finalidades.

La Junta de Andalucía ha apuntado que la medida está en línea con otras disposiciones del Gobierno andaluz para la recuperación económica.

Destacan las modificaciones legislativas que en el ámbito urbanístico fueron aprobadas mediante el Decreto ley 2/2020, de 9 de marzo, de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva de Andalucía, a través de las cuales se revisan los procedimientos en los actos de edificación para eliminar cargas innecesarias o desproporcionadas, priorizando mecanismos de declaración responsable y comunicación previa.

LA SITUACIÓN EN EL SECTOR

El turismo es una actividad económica estratégica en Andalucía que antes de la crisis sanitaria atraía a 32,5 millones de turistas, más del triple de la población de la región, y generaba ingresos por importe de 22.640 millones de euros anuales, equivalentes al 13% de su Producto Interior Bruto (PIB).

Si se comparan los resultados de la actividad hotelera en Andalucía en el periodo comprendido entre marzo de 2020 y marzo de 2021, respecto de los obtenidos durante los doce meses precedentes, se observa que en ese periodo visitaron los hoteles andaluces un 52% menos de viajeros, experimentándose una disminución en las pernoctaciones del 67% y una reducción en el ingreso por habitación disponible del 42%.

Al impacto global que la crisis sanitaria ha provocado sobre las actividades económicas se suman dos circunstancias que dificultan la recuperación del sector turístico.

EDAD ELEVADA Y POCOS ESTABLECIMIENTOS DE ALTA CATEGORÍA

Por un lado, la edad media de los establecimientos, y especialmente de la planta hotelera andaluza, es elevada y el número de establecimientos de alta categoría es muy bajo, por lo que se precisa de una fuerte inversión orientada a reformar las edificaciones y a ampliar los servicios para mejorar su competitividad.

Las medidas preventivas de salud impuestas a los espacios de pública concurrencia afectan a la forma de organización y aprovechamiento de los establecimientos de alojamiento turístico, que se ven obligados a realizar obras de adaptación para garantizar las condiciones de seguridad sanitaria a los usuarios.

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