SANTA CRUZ DE TENERIFE 9 Nov. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que considera "discriminatorios" los pactos salariales suscritos en hoteles de Tenerife al otorgar al colectivo de camareras de pisos (92% mujeres) una cantidad muy inferior a la percibida por los camareros de sala (85% hombres) o cocineros, categorías todas encuadradas en el mismo nivel profesional del convenio.
Según informa CCOO, el alto tribunal ha desestimado los recursos interpuestos por la empresa, Tensur SA Hotel Best Tenerife, y Sindicalistas de Base, organización mayoritaria del comité de esa empresa.
Aún quedan pendientes de confirmar otras dos sentencias que el TSJC dictó sobre este tipo de pactos salariales, tras las demandas de CCOO.
La aplicación de este tipo de pactos está prevista en el articulo 32, apartado 3 del Convenio Colectivo de Hostelería de Santa Cruz de Tenerife, recientemente firmado por Sindicalistas de Base y Ashotel, sin la participación de los sindicatos más representativos a nivel regional y estatal, CCOO y UGT, informa el sindicato.
A juicio de CCOO, los llamados pluses de productividad de esos pactos, "tan dispares y discriminatorios con los colectivos más feminizados", tienen su origen en el Reparto del Tronco de Propina que recogía la Ordenanza Laboral Franquista de Hostelería, y a las que se remite el convenio recientemente firmado.
CCOO entiende que este convenio, al "resucitar la ordenanza de la dictadura", ahonda el carácter "discriminatorio" de esos pactos salariales.