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MADRID, 11 Oct. (EUROPA PRESS) -
Las comunidades de propietarios podrán prohibir el ejercicio del alquiler turístico o fijar determinadas condiciones para su ejercicio gracias a la modificación en 2019 de la normativa del alquiler inmobiliario, a la que el Gobierno se ha comprometido para "poner techo a las subidas abusivas de precios de alquiler en determinadas zonas" que se consideren "tensionadas", especialmente en algunas ciudades turísticas.
Así consta en el documento de 50 páginas que han firmado este jueves a primera hora de la mañana en La Moncloa el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y el secretario general de Podemos, Pablo Iglesias, y al que ha tenido acceso Europa Press. En las cuentas se incluye también un aumento del 38% del presupuesto para vivienda.
Esta era una de las condiciones que le había pedido Unidos Podemos, como requisito indispensable para cerrar el acuerdo de los Presupuestos Generales del Estado (PGE) de 2019.
"El incremento de los precios de alquiler y la limitación de oferta para uso residencial es especialmente grave en algunas ciudades como consecuencia del uso turísticos de los alojamientos", señala el texto.
El Gobierno ya adelantó en el grupo de trabajo sobre viviendas turísticas (VUT), que contempla modificar la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) para acotar el arrendamiento de temporada y la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), así como la creación de un registro único estatal y una definición de piso turístico. Con la modificación de estas normas, las comunidades de vecinos podrán prohibir por mayoría simple de 3/5 el establecimiento de pisos turísticos en su edificio.
Según el texto del acuerdo con Podemos, se habilitará a los Ayuntamientos para la elaboración de un índice de precios de alquiler de referencia de acuerdo a una metodología objetiva y sujetos a revisión periódica.
ÍNDICE DE PRECIOS DE ALQUILER.
En concreto, el compromiso pasa por permitir que los Ayuntamientos puedan "declarar, temporal y excepcionalmente, una zona urbana de mercado tensionado cuando se haya producido un incremento abusivo de las rentas de alquiler de vivienda habitual, que obstaculice a sus habitantes el acceso y el disfrute de una vivienda a un precio razonable, y, con ello, el ejercicio del derecho constitucional a una vivienda".
Según se recalca, "el objetivo de los índices de referencia es que los Ayuntamientos y/o CCAA que así lo consideren puedan regular y limitar las subidas abusivas del precio del alquiler en las zonas previamente declaradas tensionadas y a la vez evitar posibles efectos de contracción de la oferta de vivienda en alquiler".
El Gobierno diseñará además un marco legal que defina la vivienda vacía y al gran "tenedor de vivienda", y ponga a disposición de las CCAA y los municipios distintas herramientas tanto para su detección y diagnóstico.
Además, prevé modificar los contratos de alquiler como los plazos mínimos de arrendamiento, las prórrogas obligatorias (para ampliarlas de tres a cinco años) y las tácitas (de uno a tres), las garantías o la revisión de renta. Si se trata de una persona jurídica será siete años de prórroga obligatoria y tres de tácita.
También "se establecerá que no se podrán pactar garantías adicionales a la fianza en metálico hasta un máximo de dos mensualidades de la renta", y que los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato irán a cargo del arrendador, en los supuestos en los que el arrendador sea una persona jurídica".