MADRID 12 Dic. (EUROPA PRESS) -
Las compañías aéreas comerciales tienen el deber de indemnizar a sus pasajeros en el caso de que sus vuelos se vean afectados por retrasos o cancelaciones, según explicó este lunes la empresa de asesoría legal Legálitas ante la próxima huelga anunciada por el colectivo de pilotos de Iberia.
Los pilotos de Iberia anunciaron la semana pasada que realizarán huelga los próximos 18 y 29 de diciembre en protesta contra la decisión de la compañía de crear una filial de bajo coste para los vuelos de corto y medio radio, la nueva Iberia Express.
Legálitas quiere informar a los usuarios que, tratándose de una huelga programada y anunciada con anticipación, los viajeros conservan sus derechos para el supuesto de que su vuelo resulte cancelado o retrasado.
En caso de cancelación del vuelo, el pasajero tiene derecho a una compensación de entre 250 a 600 euros, en función de la distancia del trayecto contratado. En caso de retraso, y siempre que el retraso sea superior a 3 horas, el pasajero deberá ser recompensado con una indemnización de 250 a 600 euros, en función de la distancia del vuelo.
En caso de viajes combinados o paquetes vacacionales, el viajero puede acudir también a su agencia de viajes a los efectos de obtener la asistencia debida. La compañía aérea, en todo caso, está obligada a dar al viajero la atención necesaria (alojamiento y transporte, manutención y dos llamadas telefónicas o mensajes de móvil).
Legálitas aconseja a todos los viajeros que resulten perjudicados por el conflicto que soliciten asesoramiento jurídico individualizado, dado que cada caso debe ser estudiado de forma personalizada y tendrá, en consecuencia, un tratamiento y respuesta jurídica específicos.