Archivo - El TUE avala los subsidios a aerolíneas durante la pandemia al rechazar dos recursos de Ryanair - Thomas Frey/dpa - Archivo
BRUSELAS, 17 Feb. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal General de Justicia de la Unión Europea ha dado este miércoles su aval a ayudas públicas de Francia y Suecia previstas para mitigar el impacto económico de la crisis generada por el coronavirus en aerolíneas con licencia para operar en estos Estados miembro, tras rechazar dos recursos interpuestos por la compañía de bajo coste Ryanair que consideró estos planes de apoyo discriminatorios.
Con estas dos sentencias, la Justicia europea se pronuncia por primera vez sobre los regímenes de ayudas públicas a los que han recurrido varios Estados miembro para apoyar al sector aéreo, uno de los más golpeados por la pandemia, y que han recibido luz verde de la Comisión Europea, que valoró las circunstancias excepcionales de esta crisis.
Ryanair ya ha anunciado que recurrirá las sentencias al Tribunal de Justicia de la UE, ya que considera que "favorecen a estas compañías en detrimento del resto".
Francia notificó en marzo del pasado año al Ejecutivo comunitario una moratoria en el pago de tasas a las aerolíneas con licencia gala y Bruselas concluyó que dicho régimen era "idóneo" para reparar los perjuicios económicos provocados por la pandemia y no constituía discriminación.
El Tribunal no ve discriminación sino que interpreta que limitar la moratoria en el pago de tasas a las compañías aéreas que disponen de licencia francesa es un método adecuado para alcanzar el objetivo de reparar los perjuicios causados por un acontecimiento de carácter excepcional como es la pandemia.
También considera que el plan responde al principio de proporcionalidad al restringir los apoyos a las aerolíneas más afectadas por las medidas restrictivas de transporte y de confinamiento adoptadas por Francia, ya que de haber abierto la moratoria a compañías no establecidas en el país no se habría podido alcanzar con la misma precisión y sin riesgo de incurrir en indemnización excesiva el objetivo de reparar los daños económicos a empresas que operan en Francia.
En el caso de los apoyos del Gobierno sueco recurridos por Ryanair, se trataba de garantías de préstamos a las aerolíneas que Bruselas consideró un plan en interés de la Unión.
Así, el Tribunal con sede en Luxemburgo estima que el régimen está destinado efectivamente a poner remedio a una grave perturbación de la economía sueca causada por la pandemia, en especial dirigido a los efectos negativos más importantes en el sector de la aviación de Suecia, y, con ello, en la prestación de servicios aéreos al territorio de dicho Estado miembro.
También destaca que las compañías aéreas que podían optar al régimen de ayudas resultan ser las que contribuyen de forma mayoritaria a prestar servicio regular a Suecia, tanto en mercancías como en transporte de pasajeros, lo cual se corresponde con el objetivo de garantizar la conectividad en el país. En cambio, de haberse ampliado el régimen de ayudas a compañías no establecidas en Suecia no se habría alcanzado el mismo objetivo
Aunque estas dos sentencias son las primeras que pronuncia Luxemburgo sobre las ayudas públicas de los Estados miembro a las aerolíneas de bandera europeas no será las últimas, ya que tiene cerca de otra decena de casos pendientes de resolución, entre ellos recurso de Ryanair contra los subsidios a la española Air Europa y a la holandesa KLM.