La aerolínea ya ha retirado los test de embarazo a las aspirantes tras ser sancionada
MADRID, 10 Jul. (EUROPA PRESS) -
UGT ha pedido un cambio de procedimiento en la selección de personal de Iberia para que la información ante un posible embarazo sea un procedimiento "inmediato tras la contratación y nunca antes", dado que una mujer no tiene la obligación de informar previamente a su contratación sobre un posible embarazo para optar a un empleo.
La aerolínea Iberia ha decidido retirar la prueba de test de embarazo a las mujeres que aspiraban a trabajar en la compañía tras haber sido multada con 25.000 euros por parte de Inspección de Trabajo en las islas Baleares al considerarlo una falta muy grave de discriminación.
En un comunicado, la aerolínea ha expuesto que el año pasado se contrataron cinco mujeres embarazadas de las seis que optaron a un primer puesto en Iberia y han detallado que se siguen protocolos "muy rigurosos" para su protección, pues la normativa aeronáutica prohíbe volar a toda TCP desde que se conoce su embarazo, al tiempo que ha asegurado que siempre contrata a las TCP embarazadas que cumplen los requisitos del puesto.
No obstante, tras la sanción y ante la sensibilidad que genera el actual protocolo de protección de mujeres embarazadas de Iberia, la aerolínea dejará de incluir la prueba de embarazo en el reconocimiento médico de ingreso. "Seguiremos poniendo todas las medidas necesarias para que las mujeres embarazadas trabajen con todas las garantías y máxima seguridad, como hemos hecho hasta ahora", ha añadido la aerolínea.
A TRABAJADORAS EN ACTIVO.
Al respecto, el sindicato UGT en el sector aéreo ha recordado en un comunicado que la prueba de embarazo puede ser exigible a las trabajadoras en aplicación de los protocolos de prevención de riesgos, pero "nunca a una aspirante inmersa en un proceso de selección"
En el caso de las compañías aéreas, las empresas deber ser rigurosas con la aplicación de los protocolos de prevención de riesgos laborales.
En este sentido, tanto en los colectivos de vuelo --pilotos y tripulantes de cabina (TCP)-- como en determinados puestos de servicio de asistencia en tierra ('handling'), la empresa tiene la obligación de verificar la posibilidad de un embarazo para, en caso de que exista riesgo derivado de su puesto de trabajo, proteger la integridad de la trabajadora y del feto. Para ello, debe adecuar el puesto de trabajo o, incluso, la concesión de una baja médica de la que se haría cargo la mutua.
No obstante, desde UGT señalan que este tipo de medidas son de aplicación a trabajadoras en activo, que forman parte de la compañía aérea. "En ningún caso se puede solicitar esta información a una persona que aspira a ser trabajadora de una compañía aérea y no existe razón alguna que lo justifique", señala en una nota.
El sindicato UGT censura cualquier medida o solicitud de información que, en un proceso de selección de personal, pueda condicionar las posibilidades del aspirante o aspirante por razón de género. "Estaríamos, evidentemente, ante un claro caso de omisión", concluye el sindicato.