MADRID 12 Abr. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Supremo emitió una sentencia el pasado 8 de marzo en la que ratifica el fallo de la Audiencia Nacional en favor de UGT y en contra del recurso de Air Europa por la impugnación del convenio colectivo.
Según señala el sindicato, Air Europa firmó un acuerdo, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), con una parte de la representación social de la empresa, integrada por CCOO, Sictpla y USO, que fue impugnado por UGT, que no tenía representación en el comité de empresa de Air Europa.
El sindicato impugnó este acuerdo ante la Audiencia Nacional, que lo declaró nulo por ilegal, algo que ha sido confirmado ahora por el Tribunal Supremo.
Así, el Tribunal Supremo confirma que el sindicato estaba legitimado a impugnar y le da la razón en su argumento principal, que se basa en que en la mesa negociadora para modificar algunos artículos del convenio no se había contado con otras organizaciones sindicales que eran legalmente competentes para negociar y podrían tener un interés legítimo en hacerlo.
El acuerdo que UGT impugnó planteaba congelar los niveles salariales de todos los trabajadores, suprimir la aportación del plan de pensiones de empleo en la cuantía correspondiente a la empresa y suprimir la aportación de la empresa a casos de incapacidad temporal, todo ello entre le 1 de junio y el 31 de diciembre de 2021.